REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Guanta, 29 de Enero de 2016
205º y 156º



ASUNTO: BP02-S-2016-000032

Por recibida en fecha 20 de Enero de 2016, de la Unidad de Recepción de Documentos (U.R.D.D) con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, Solicitud de INSPECCION JUDICIAL, y sus anexos, presentada por la Abogada en Ejercicio NARCY GUARACHE FERMIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.122, actuando como apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil, CORPORACION GPS, C.A., empresa debidamente Registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 21 de Octubre de 2005, quedando registrada bajo el Nº 32, Tomo A-36, facultad que le fue conferida mediante poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Segunda de Barcelona en fecha 19 de Junio de 2015, quedando anotado bajo el Nº 049, Tomo 0077, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria; Désele entrada, y anótese en el Libro de Solicitudes llevados por este Tribunal.- Este Tribunal, luego de la revisión de la misma Observa:
Primero: En los anexos consignados desde el Folio 05 al Folio 12 ambos inclusive, de la presente solicitud se aprecia una descompaginacion tanto del Acta de Asamblea de fecha 01 de Septiembre de 2009, así como el Documento de la Junta Directiva lo que no permite analizar el orden correlativo de las mismas.-
Segundo: Vencimiento de la Junta Directiva que se celebro en fecha 01 de Septiembre de 2009.-
Tercero: La Solicitante presentó los anexos que acompañan a la presente solicitud en Copia Simple.
En tal Sentido y por lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de esta Circunscripción Judicial, en Nombre de la Republica


Bolivariana de Venezuela, Declara IMPROCENDENTE, la presente Solicitud de Inspección Judicial presentada por la Abogada en Ejercicio Narcy Guarache, antes Identificada, de conformidad con el Articulo 341 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse estas actuaciones al interesado y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Guanta, a los Veintinueve (29) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,


Abog. SANDRA ROJAS MORENO
LA SECRETARIA ACC,


Abog. ROITZA COVA RICARDY

Seguidamente y este misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente Auto. Conste,

LA SECRETARIA ACC,



SRM/jfd.