REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintidós de febrero de dos mil dieciséis
205º y 157º

ASUNTO: BP02-R-2015-000122

Vista la diligencia de fecha 05 de febrero de 2016, suscrita por la Abogada Mercedes Gómez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.831, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante DOLORES MARCANO DE CHACIN, mediante la cual desiste del recurso de apelación; este Juzgado Superior homologa el desistimiento formulado por la recurrente sobre el recurso de apelación ejercido contra la sentencia proferida en fecha 05 de marzo de 2015, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y, como consecuencia de ello, ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen. Remítase el expediente. Líbrese lo conducente.

La Juez,


Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria acc.,


Abog. Adayelis Guerrero.

S.V.