REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, dieciséis de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO: BP02-U-2008-000055

Visto el contenido del escrito contentivo de Juicio Ejecutivo interpuesto en fecha 26 de Marzo de 2008, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) Civil, por los Abogados Carmen Victoria Pérez Guaraco y José Jesús Sifontes Lara, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.286.260 y 8.967.889, respectivamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 85.486 y 43.709, actuando en su carácter de Sustitutos de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, en contra de la contribuyente Sucesión Rodríguez Eurrestra Elvira Joséfina Inscrita en el Registro inscrita por ante el Registro de Información Fiscal bajo el N°J-31703981-5, domiciliada en la Avenida Juan Bautista Arismendi, Sector Guatamare, Quinta Elviscasto, La Asunción Municipio Arismendi, del Estado Nueva Esparta, representada por los ciudadanos Rodríguez Rodríguez David José, Rodríguez Rodríguez Elvira María, Rodríguez Rodríguez Ramón Jose y Rodríguez Rodríguez Inocente Antonio, mayores de edad, Titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.650.858, 5.478.951, 8.383.360, 8.392.442, respectivamente, actuando en su carácter de únicos y Universales Herederos de la contribuyente antes mencionada.

Por auto de fecha 31 de marzo de 2008, se le dio entrada al presente juicio ejecutivo interpuesto por los abogados Carmen Victoria Pérez Guaraco y José Jesús Sifontes Lara, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.286.260 y 8.967.889, respectivamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 85.486 y 43.709, actuando en su carácter de Sustitutos de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, en contra de la contribuyente Sucesión Rodríguez Eurrestra Elvira Joséfina. (Folio 31)

En fecha 16 de abril de 2008, se dicto y publicó Sentencia Interlocutoria N° 22 la cual declaró ADMISIBLE el presente Juicio Ejecutivo. (Folio 32 al 34)

De conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley numero 1434, del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial N° 6.152, de fecha 18 de Noviembre de 2014, entrando en vigencia el 18 de Febrero de 2015, el cual confiere la competencia para el Cobro Ejecutivo a la Administración Tributaria, y de la ejecución de los fallos a través de ese procedimiento administrativo conforme al articulo 346 del prenombrado Código y que en concordancia con el criterio de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión numero 00543 de fecha 14 de mayo de 2015, que estable lo siguiente:

“…corresponde a la Administración Tributaria iniciar, impulsar y resolver todas las incidencias del cobro ejecutivo; contrario a lo estatuido sobre ese particular los artículos 289 y 290 del Código Orgánico Tributario de 2001, donde el Fisco Nacional iniciaba el juicio ejecutivo mediante escrito ante el tribunal contencioso tributario competente por lo tanto, esta sala advierte la imposibilidad de los jueces Contenciosos Tributarios de conocer los juicios ejecutivos, en virtud de haber perdido sobrevenidamente la jurisdicción para tramitarlos. Así se establece.” (Destacado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia).

En consecuencia, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCION en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región INSULAR del SENIAT. A los fines de su ejecución. Así se decide.-

Líbrese oficio, acta y remítase el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región INSULAR del SENIAT.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental a los dieciséis (16) días del mes de Febrero de dos mil dieciséis (2016)

EL JUEZ,


FRANK A. FERMIN V.
LA SECRETARIA,


YARABIS POTICHE.

Nota: En esta misma fecha (16/02/2016) siendo las 10:30 a.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
LA SECRETARIA.


YARABIS POTICHE.
FAFV/YP/hm






















Oficio Nº 360/2016.
GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION INSULAR DEL SENIAT.
Su Despacho.

Atención: Gerencia Regional de Tributos Internos de de la Región Insular del SENIAT.

Tengo el agrado de dirigirme a usted muy cordialmente, a los fines de remitirle el Asunto Nº BP02-U-2008-000055, contentivo del Juicio Ejecutivo correspondiente con la SUCESIÓN RODRIGUEZ EURRESTA ELVIRA JOSEFINA, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Interlocutoria Con Fuerza Definitiva Nº PJ6020160000115, dictada y publicada por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha 16/02/2016, en la cual ordeno la remisión de la presente causa, constante de una (01) pieza conste de ciento sesenta y nueve (169) folios útiles y un (01) cuaderno separado de medidas signado bajo el nomenclatura BF01-X-2008-000044, constante de veinticuatro (24) folios útiles a la Gerencia Regional Tributos Internos de la Región Insular del SENIAT, con el objeto de proceder a la conclusión definitiva, conforme a lo establecido en el articulo 288 del Código Orgánico Tributario vigente.

Remisión que se le hace a los légales consiguientes. Se remite anexo al presente oficio copia certificada de la referida decisión.



DIOS FEDERACIÒN


EL JUEZ,


FRANK A. FERMIN V.


FAFV/YP/hm




















ACTA Nº 218

En el día de hoy, dieciséis (16) de febrero de 2016, reunidos en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, los ciudadanos FRANK A. FERMIN V. y YARABIS POTICHE, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V.-6.295.625 y V.-16.068.072, Juez y Secretaria, respectivamente, de este Despacho; se levanta la presente Acta a los fines de dejar expresa constancia de la remisión a la Gerencia Regional Tributos Internos de la Región INSULAR del SENIAT, del Asunto Nº BP02-U-2008-000055 contentivo del Juicio Ejecutivo, relacionado con la contribuyente SUCESIÓN RODRIGUEZ EURRESTA ELVIRA JOSEFINA., de conformidad con lo establecido en la Sentencia Interlocutoria Con Fuerza Definitiva Nº PJ602016000, dictada y publicada por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha 16/02/2016, en la cual ordeno la remisión de la presente causa, con el objeto de proceder a la conclusión definitiva, conforme a lo establecido en el articulo 288 del Código Orgánico Tributario vigente. Es todo. Termino, se leyó y Conformes firman.


EL JUEZ,


FRANK A. FERMIN V.
LA SECRETARIA,


YARABIS POTICHE.



FAFV/YP/hm