REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º

ASUNTO: BP02-L-2015-000558

SENTENCIA

Vista la diligencia presentado en fecha 10 de febrero del presente año 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este Circuito Judicial de Barcelona, por el abogado RONNAL MICHE, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.181.065, I.P.S.A, Nº 175.075, en su carácter de apoderado judicial del Ciudadano ADENIS JOSE AVILA MARCANO, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.787.261, en donde DESISTE del procedimiento por Prestaciones Sociales, en contra de la empresa demandada denominada SUCRE LATIN SHOES C.A, por cuanto fueron satisfechas sus acreencias laborales: Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en Barcelona, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia por aplicación analógica del articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION respectiva al expreso desistimiento para darle el carácter de autoridad pasada en Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los once (11) día del mes de febrero del dos mil dieciséis (2016).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Yirali Quijada Carrasco.
En esta misma fecha se dicta y publica la anterior decisión, Conste.
La Secretaria,


Abg. Yirali Quijada Carrasco.