N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2015-000218
PARTE ACTORA: RAYNER MANUEL ORTIZ SILVA
ABOGADO ASISTENTE: Abg. MIGUEL GUZMAN
PARTE DEMANDADA: SERENOS PREVENTIVOS 28 DE JUNIO C.A. APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)
Siendo las 11:00 a.m. del día hábil de hoy, 3 de Febrero de 2015, la oportunidad previamente fijada para la instalación de la audiencia preliminar en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano RAYNER MANUEL ORTIZ SILVA, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el Nº V-10.935.370, en contra de la sociedad mercantil SERENOS PREVENTIVOS 28 DE JUNIO C.A... Este tribunal deja constancia que no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno, la parte actora ni la parte demandada; a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 11:00 a.m.; por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide dos (2) ejemplares adicionales a la parte compareciente. Año 201 º y 152º.
La Jueza Provisoria,


Abg. MARINES SULBARAN MILLAN

La Secretaria,


Abg. MARY JOSEFINA CORDOVA MEDINA
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 11:13 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste.
La Secretaria,


CSDTPyVV
MSM/MJCM/msm
BP12-L-2015-000218