REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO Nº BP02-V-2015-001692

Visto el Escrito de fecha 13 de Junio del 2.016, la Abogada IRIS CARMONA CASTILLO, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.868, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, mediante el cual procede a desistir del presente juicio de Cobro de Bolívares que tiene incoado la Entidad Bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., en contra de los ciudadanos JOSÉ FERNANDO LA GRECCA SUÁREZ y ANDRÉS EONEY BLANCO LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.701.107 y 13.522.013, respectivamente, y de este domicilio; este Tribunal HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones expresados por la demandante en dicho Escrito; ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
El Juez Temporal,

Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,

Judith Milena Moreno Sabino
/Amelia