REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BH02-X-2016-000025
De conformidad con el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, se abre el presente Cuaderno de Medidas, el cual estará formando parte del expediente BP02-V-2015-000106, contentivo de Partición y Liquidación de la comunidad Conyugal, intentada por la ciudadana Iraida Josefina Benítez; en contra del ciudadano Cesar Alfonso Rodríguez Stapleton. Y vista la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la abogado Briseida Carolina Maita, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 162.664, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en su escrito libelar y ratificada en fecha 29 de junio de 2016, el Tribunal a los fines de proveer observa; que el documento de propiedad del inmueble consignado en la presente causa se encuentra debidamente notariada por ante la Notaria Pública Segunda de Puerto La Cruz, mas no registrada en la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio donde se encuentra enclavado el bien inmueble, lo cual implica la falta de publicidad Registral, en tal sentido, este Tribunal, en virtud de lo señalado anteriormente niega el decreto de la medida solicitada en la presente causa.-
El Juez Provisorio
Abg. Jesús Salvador Gutiérrez
La Secretaria,
Abg. Violeta Guerra Y.
|