REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, cuatro de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BP02-V-2016-000417
SENTENCIA.

Visto el anterior COVENIMIENTO, suscrito por las partes, abogado LUIS GUZMAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.305.215, inscrito en el IPSA bajo el Nº 132.543, actuando en su carácter de apoderado judicial del BANCO PROVINCIAL, C.A., Banco Universal, contra la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA REGIORIENTE, C.A. representada por el Ciudadano DAVID RAFAEL DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.209.072, respectivamente.-

Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente BP02-V-2016-417. Cúmplase.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE. DEJESE COPIA.
EL JUEZ,

ABG. JOSÉ JESÚS RAMÍREZ GARCÍA.-
LA SECRETARIA ACC;

ABG. MILAGROS GUEVARA SERRA.
NOTA: En esta misma fecha, siendo las 11:45 a.m., se le dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-