REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintiocho de marzo de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO: BP02-N-2014-000204.

Vista demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la presente demanda cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Presidente del Consejo Disciplinario de la Región Oriental, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano Luis Manuel Ravelo Rojas, Titular de la Cédula de Identidad Nº 21.093.845, asistido por el Abogado REIMUNDO MEJIAS LA ROSA, contra el Acto Administrativo de Destitución Nº 13, dictado por la Dirección ya antes mencionada, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes. Igualmente, se ordena solicitar al Presidente de la Dirección antes mencionado, el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a dicha solicitud, asimismo se ordena la Notificación del Procurador General de la República, de conformidad a lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, mas dos (2) días que se le conceden como término de la distancia. Asimismo, se ordena la notificación del Director General del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística (CICPC) y del Ministerio del Poder Popular para las relaciones de Interior Justicia y Paz. Los respectivo lapso comenzarán a computarse una vez que conste en autos las resultas de todas las notificaciones respectiva, finalizado el lapso de suspensión establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República ya antes mencionado.
Igualmente, se ordena comisionar a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien por distribución corresponda conocer, a los fines de que practique la notificaciones correspondiente al Procurador General de la Republica, Director General del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística (CICPC) y Ministerio del Poder Popular para las relaciones de Interior Justicia y Paz.
Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda y sus anexos para el emplazamiento y las notificaciones respectivas.
La Juez, La Secretaria.

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito. Abg. Josmire Carolina Zurita.

E.V.