REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, treinta de marzo de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO: BP02-N-2016-000041
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Director-Presidente del Sistema Integrado de Gestión de Riesgo, Administración de Emergencia de Carácter Civil y Desastres del Estado Anzoátegui (S.I.G.R.A.E.D.), a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por la ciudadana Norma Josefina García Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 8.276.185, asistida por los Abogados José Jesús Jiménez Silva y Ángel Wilfredo Cedeño León y Cristian Sierra, debidamente inscritos en el IPSA bajo los Nros. 141.368, 144.014 y 141348, respectivamente, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Notifíquese de dicha Admisión al Procurador General del Estado Anzoátegui y solicítese a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento. Compúlsese por Secretaría copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, a los fines del emplazamiento y notificación correspondiente. Líbrese lo conducente.
La Juez,
La Secretaria.
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abog. Josmire Carolina Zurita.
A.A.
|