REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, once de marzo de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO: BP02-J-2016-000371
SENTENCIA DEFINITIVA.
MOTIVO: AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE.
SOLICITANTE: MARIA TERESA RODRIGUEZ CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.280.196.-
ABOGADO ASISTENTE: Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial abog. MARYORITH ROJAS GUZMAN.
NIÑA NIÑO Y/O ADOLESCENTE: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
DERECHO PROTEGIDO: DERECHO A LA IDENTIDAD.
Entrada: 17/02/2016
Vista la solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Publico de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, abogada EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento de la ciudadana MARIA TERESA RODRIGUEZ CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.280.196, actuando en representación de su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por la Alguacil ORLANDO FERNANDEZ, habiéndose constatado la comparecencia de la parte interesada solicitante, y de la Fiscal Auxiliar Décimo Primera del Ministerio Publico. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Seguidamente se le concede la palabra a la parte solicitante Ciudadana MARIA TERESA RODRIGUEZ CARABALLO, ampliamente identificada en autos quien expuso: Ratifico la presente solicitud para tramitar pasaporte a favor de mi hija Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ya que este es un derecho a la identificación establecido a su favor y por cuanto desconozco el paradero de su padre, cuya filiación esta legalmente establecida en la partida de nacimiento que corres inserta al folio 03 del expediente en copia certificada, la cual hago valer en esta oportunidad ; y siendo este un requisito legal para el tramite de la presente causa, es todo. Seguidamente este tribunal concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales, esta Jueza Abg. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA, del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, y el derechote los niños, niñas y adolescentes a obtener documentos públicos de identidad como lo establece el Artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, en uso de sus atribuciones legales en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Publico de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, abogada EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento de la ciudadana MARIA TERESA RODRIGUEZ CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.280.196, actuando en representación de su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); SEGUNDO: se AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana MARIA TERESA RODRIGUEZ CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.280.196, a los fines de que realice los tramites pertinentes para la TRAMITAR PASAPORTE, de su hija la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , por ante la Oficina de Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME). Y ASI SE DECIDE.- Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada, a los fines Legales consiguientes. Devuélvase los documentos originales cursantes en la presente solicitud dejando copia en su lugar por secretaria.- Así mismo, se ordena la devolución de los documentos originales consignados en el escrito de la solicitud, dejándose copia en su lugar previa confrontación por Secretaria. ASI SE DECIDE
Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada, a los fines Legales consiguientes. Devuélvase los documentos originales cursantes en la presente solicitud dejando copia en su lugar previa confrontación por Secretaria. ASI SE DECIDE.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada en los archivos del tribunal.-
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona. Barcelona, a los once (11) días del mes de Marzo de 2016.
La Jueza Temporal;
Abg. Marieugelys García Capella
La secretaria;
Abg. Andreina Leonett
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia.-
La secretaria;
Abg. Andreina Leonett
|