En horas de Despacho del día de hoy 17-05-2016, siendo las nueve y treinta horas de la mañana (9:30 a.m.), comparecen por ante este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, los ciudadanos GREGORIA JOSEFINA LATERNAS ROJAS y ORDIANG JOSÉ RODRÍGUEZ BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-8.271.187 y V-12.913.122, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JOSÉ XAVIER AGUILAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.620; quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de separarse legalmente de Cuerpos en los términos establecidos en los artículos 189 del Código Civil. La ciudadana Juez Provisoria los exhortó a la reconciliación, haciéndose las reflexiones de Ley, en cuanto a la estabilidad del vínculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Juez no estar dispuesto a ello e insistieron en su solicitud de separación de cuerpos. Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos de los ciudadanos GREGORIA JOSEFINA LATERNAS ROJAS y ORDIANG JOSÉ RODRÍGUEZ BERMUDEZ, plenamente identificados. Así se decide, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia expídase por Secretaria copia certificada de la solicitud y del presente auto.
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ROSLEY BARRIOS FLORES.(FDO)


LOS SOLICITANTES,


GREGORIA JOSEFINA LATERNAS ROJAS(FDO) y ORDIANG JOSÉ RODRÍGUEZ BERMUDEZ(FDO)


Abogado Asistente,
ABG. JOSÈ XAVIER AGUILAR(FDO)
LA SECRETARIA SUPLENTE,


Abg. VALERIA CASTRO ROJAS.(FDO)