En horas de Despacho del día de hoy 24-05-2016, siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.), comparecen por ante este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, los ciudadanos ROBERT JOSÉ FUENTES CALZADILLA y JANESSY JOSEFINA GUZMÁN BOTINE, debidamente asistidos por las Abogados ISIS TOVAR y MARALEX SANCLER, inscritas en el IPSA bajo los Nº 103.746 y 88.169, quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de separarse legalmente de Cuerpos en los términos establecidos en los artículos 189 del Código Civil. La ciudadana Juez Temporal los exhortó a la reconciliación, haciéndose las reflexiones de Ley, en cuanto a la estabilidad del vínculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Jueza no estar dispuesto a ello e insistieron en su solicitud de separación de cuerpos. Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos de los ciudadanos ROBERT JOSÉ FUENTES CALZADILLA y JANESSY JOSEFINA GUZMÁN BOTINE, plenamente identificados. Así se decide, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia expídase por Secretaria copia certificada de la solicitud y del presente auto.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ROSLEY BARRIOS FLORES.
LOS SOLICITANTES,
ROBERT J. FUENTES CALZADILLA (fdo) y JANESSY J. GUZMÁN BOTINE(fdo)
Abogadas Asistente ISIS TOVAR (fdo)y MARALEX SANCLER.(fdo)
LA SECRETARIA SUPLENTE,
Abg. VALERIA CASTRO ROJAS(fdo)
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
DECRETO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS.
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