REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

EXPEDIENTE: BP02-L-2016-000269
DEMANDANTE: JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ MAGO
DEMANDADA: CONCRE ORIENTE C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por el ciudadano JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ MAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.495.798 contra la empresa CONCRE ORIENTE C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, no haciendo acto de presencia ningunas de las partes ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado.
La Jueza Provisoria,


Abg. María Carmona Ainaga



La Secretaria


Abg. Zaida López.