REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial
del Estado Anzoátegui
El Tigre, Dieciséis (16) de Noviembre de 2016
206° y 157°
ASUNTO: BP12-S-2015-001438
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO DE VEHÍCULO, presentada por el ciudadano, JOSEP STALIN CADENA DE LEON, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº: V-24.577.009, domiciliado en esta ciudad de El Tigre, municipio Simón Rodríguez, estado Anzoátegui, debidamente asistido por la abogada YELITZA GOMEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-10.937.021, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº: 85.058, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre un Vehículo usado de su propiedad, el cual posee las siguientes características: Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Marca: Chevrolet, Modelo: Chevelle, Año: 1982, Color: Caoba Metálico, Uso: Particular, Serial del Motor: ACV318537, Serial de Carrocería: 1W69ACV318537, Placa: 311-206; el cual fue adquirido en la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000,00); equivalentes a Ochenta Unidades Tributarias (80,00 U.T).- En este sentido, teniéndose presente las Experticias emanadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (C.I.C.P.C.), Sub Delegación El Tigre, Estado Anzoátegui, de fecha 04/03/2016, y la Dirección de Vigilancia y Transporte Terrestre. Coordinación de Investigaciones de Vehículos. El Tigre, Estado Anzoátegui, de fecha 08/06/2016, así como las declaraciones de las testigos, ciudadanos: NIEVES VIRGINIA BRITO GOMEZ y YENIS MERCEDES MARTINEZ NAVARRO venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-3.731.539 y V-10.060.731, respectivamente, ambos de este domicilio; y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de municipio, mediante Resolución Nº: 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº: 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara TÍTULO SUPLETORIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano, JOSEP STALIN CADENA DE LEON, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº: V-24.577.009, domiciliado en esta ciudad de El Tigre, municipio Simón Rodríguez, estado Anzoátegui, sobre el vehículo descrito en el presente decreto, dejando a salvo los derechos de terceros; y se advierte que la presente declaratoria, basada en declaraciones de testigos, de quienes se presume la buena fe, y de los recaudos consignados como anexos, en ningún caso causará efecto de cosa juzgada, y que perderá toda eficacia o valor jurídico, para el caso de que se demuestre la inexactitud de los hechos afirmados por el Solicitante. Asimismo, se ordena devolver los originales de las presentes actuaciones a la parte solicitante. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión, a los fines legales previstos en los Ordinales 3º y 9º del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. HENRY MANUEL MEJIAS ITRIAGO
LA SECRETARIA,
ABG. ANA VÀSQUEZ
HMMI/av.-