REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercanti y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: BP02-M-2015-000021
Se contrae la presente a la pretensión por Cobro de Bolívares intentado la Sociedad Mercantil Banco Exterior, C.A., Banco Universal, domiciliada en Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 21 de enero de 1956, anotado bajo el Nº 5, Tomo 7-A, cuya última reforma inscrita por ante la citada Oficina de Registro Mercantil, en fecha 06 de julio de 1995, bajo el Nº 45, Tomo 200-A Pro, e identificada con el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F) bajo el Nº J-00002950-4, a través de su apoderado judicial Pedro Luis Burelli, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.942, en contra de la compañía Inversiones Oldeto, C.A., de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas en fecha 14 de mayo de 2007, bajo el Nº 2, del libro A-6, e identificada con el Registro de Información Fiscal Nº J-29427452-8, y del ciudadano Eddy José Olivares Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.930.751, siendo sustanciada por ante este Tribunal hasta el estado de citación de los demandados, siendo la última actuación en fecha 14 de abril de 2.015, fecha en la cual se libraron las correspondientes compulsas, sin que hasta la presente fecha, 18 de octubre de 2.016, habiendo trascurrido un año, seis meses y cuatro días (1 a, 6 m 4 d); sin que la parte actora haya gestionado con el Alguacil del Tribunal, a fin de practicar las citaciones de Ley, ni haya habido actuación alguna por parte de la demandante, lo que demuestra que no ha habido impulso procesal correspondiente; por lo cual operó la perención de la instancia en la presente causa; y en virtud de ello este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con base y fundamento al artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la perención de la instancia en la presente pretensión por Cobro de Bolívares intentado la Sociedad Mercantil Banco Exterior, C.A., Banco Universal, contra la compañía Inversiones Oldeto, C.A., y del ciudadano Eddy José Olivares Romero todos identificados supra. - Así se decide.-
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciseis. Años: 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez Provisorio,


Abg. Jesús S. Gutiérrez Díaz La Secretaria,


Abg. Violeta Guerra Yndriago
En esta misma fecha se dictó y publicó sentencia siendo las 01:20 p.m.-
La Secretaria,


Abg. Violeta Guerra Yndriago