REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BP02-S-2011-001826
SENTENCIA
Vista la anterior solicitud de INSPECCION JUDICIAL, incoada por la ciudadana JINET MARLENE GUTIERREZ LAREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N°82.113, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BOLIVARIANA DE AEROPUERTOS BAER, S.A.-
EL TRIBUNAL OBSERVA:
De las actas que conforman el expediente se verifica la total inactividad de las partes en el presente procedimiento, por cuanto hasta la presente fecha, han transcurrido cinco (5) años, sin que hayan cumplido con la obligación de impulsar el procedimiento, en consecuencia, resulta forzoso para este Juzgador, declarar la pérdida de interés, y por ende, terminado el procedimiento.-
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de la interesada, en la solicitud de INSPECCION JUDICIAL, incoada por la ciudadana JINET MARLENE GUTIERREZ LAREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 82.113, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BOLIVARIANA DE AEROPUERTOS BAER, S.A.-
SEGUNDO: SE DA POR TERMINADO EL PROCEDIMENTO.-
TERCERO: SE ORDENA REMITIR EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL.
Publíquese y regístrese. Déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui. En Barcelona, a los treinta y un (31) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).-
El Juez,
Abg. José Jesús Ramírez García
El Secretario Acc,
Abg. Carlos Perdomo.
En esta misma fecha, siendo las 03:25 PM., se dictó y público la anterior sentencia. Conste. El Secretario Acc.-
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