REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, seis de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: BP02-S-2016-001482


SENTENCIA
PARTE SOLICITANTE: DAISY DEL VALLE RODRÍGUEZ ALBORNETT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 4.904.887.-

ABOGADO ASISTENTE: ARTURO JOSE URBINA REVEROL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 233.234.-

HECHOS:
Vista la anterior solicitud suscrita por la ciudadana DAISY DEL VALLE RODRÍGUEZ ALBORNETT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 4.904.887, de este domicilio, respectivamente, asistida por el abogado en ejercicio ARTURO JOSE URBINA REVEROL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 233.234, mediante la cual solicita sea declarada, conjuntamente con sus hermanos, los ciudadanos: ALBERTO JOSE RODRIGUEZ ALBORNETT y YAZMIN MARGARITA RODRIGUEZ ALBORNETT, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de Identidad Nrosº V.-3.955.481 y V.-3.688.262, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante, de el “De cujus”, CARMELO RAFAEL RODRIGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-552.374, fallecido Ab-Intestato en fecha veintiuno (21) de Febrero del año mil doce (2.012),


DECISION
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos, los ciudadanos: MARIO JOAQUIN SANCHEZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-18.807.202 y RUDDY ESTHER ARREDONDO DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-22.872.440, plenamente identificados, hechas por ante este Juzgado, en fecha treinta (30) de Septiembre del año dos mil dieciséis (2016), las cuales quedaron contestes en afirmar todas y cada uno de los particulares relativos a la presente solicitud, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del “De cujus” CARMELO RAFAEL RODRIGUEZ MARCANO, ya identificado, a los ciudadanos: DAISY DEL VALLE RODRÍGUEZ ALBORNETT, ALBERTO JOSE RODRIGUEZ ALBORNETT y YAZMIN MARGARITA RODRIGUEZ ALBORNETT, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de Identidad Nrosº V- 4.904.887, V.-3.955.481 y V.-3.688.262 ya identificados, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, y ASI SE DECIDE.- Igualmente, se acuerda expedir por secretaria las copia certificadas solicitadas. Devuélvase estas actuaciones originales al interesado.- Es todo.
PUBLIQUESE. REGISTRESE. DEJESE COPIA.
EL JUEZ,

ABG. JOSÉ JESÚS RAMÍREZ GARCÍA.-

EL SECRETARIO,

ABG. OSWALDO JOSÉ FERNÁNDEZ SIERRA.

En esta misma fecha, siendo las dos y media de la tarde., se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-

JJRG/DayanaMG