REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, siete de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BP02-S-2016-001430
SENTENCIA
PARTE SOLICITANTE: ZEZARINA DEL VALLE GUEVARA BASTARDO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 8.236.107, Inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 62.571, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos WILSON ARROYABE MONTES, JOSE ULISES ARROYABE MONTES, ORLANDO ARROYABE MONTES y SAIDA ARROYABE MONTES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nrosº V.- 16.282.752, V.-17.497.034, V.-11.972.811 y V.-9.347.294.-
HECHOS:
Vista la anterior solicitud suscrita por la ciudadana ZEZARINA DEL VALLE GUEVARA BASTARDO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 8.236.107, Inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 62.571, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos WILSON ARROYABE MONTES, JOSE ULISES ARROYABE MONTES, ORLANDO ARROYABE MONTES y SAIDA ARROYABE MONTES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nrosº V.- 16.282.752, V.-17.497.034, V.-11.972.811 y V.-9.347.294., mediante la cual solicita sea declarada, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante, de el “De cujus”, EUVEL ARROYABE BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.345.713, fallecido Ab-Intestato en fecha Dieciséis (16) de Octubre del año mil quince (2.015),
DECISION
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos, los ciudadanos: LUIS RAFAEL YAGUARACUTO TRIANA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-4.221.461 y FELIPE SANTIAGO MEDINA , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-8.205.386, plenamente identificados, hechas por ante este Juzgado, en fecha seis (06) de Octubre del año dos mil dieciséis (2016), las cuales quedaron contestes en afirmar todas y cada uno de los particulares relativos a la presente solicitud, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del “De cujus” EUVEL ARROYABE BETANCOURT, ya identificado, a los ciudadanos: WILSON ARROYABE MONTES, JOSE ULISES ARROYABE MONTES, ORLANDO ARROYABE MONTES y SAIDA ARROYABE MONTES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nrosº V.- 16.282.752, V.-17.497.034, V.-11.972.811 y V.-9.347.294., ya identificados, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, y ASI SE DECIDE.- Igualmente, se acuerda expedir por secretaria las copia certificadas solicitadas. Devuélvase estas actuaciones originales al interesado.- Es todo.
PUBLIQUESE. REGISTRESE. DEJESE COPIA.
EL JUEZ,
ABG. JOSÉ JESÚS RAMÍREZ GARCÍA.-
EL SECRETARIO,
ABG. OSWALDO JOSÉ FERNÁNDEZ SIERRA.
En esta misma fecha, siendo las once y veinte de la mañana., se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-
JJRG/DayanaMG
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