Visto el Escrito del Desistimiento, de fecha treinta (30) de Septiembre de 2016 y recibido en este Tribunal en fecha tres (03) de octubre de 2016, presentado por el ciudadano IVEN GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nº V-15.515.477, debidamente asistido por el Abg. JESUS A. BERMUDEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 120.595, mediante el cual expone: “…Desisto de la solicitud de título supletorio incoada por mi ante este Tribunal y en consecuencia solicito en este acto se me devuelvan los recaudos que acompañan dicha solicitud…” En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones suscrita por la solicitante, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de Cosa Juzgada. Se acuerda la devolución de los originales cursante a los autos, dejando en su lugar copias certificadas. Así se decide. Cúmplase.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. ROSLEY BARRIOS FLORES(FDO)
LA SECRETARIA SUPLENTE,
ABG. VALERIA CASTRO ROJAS.(FDO)
Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
Desistimiento.
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