REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
del Municipio Juan Manuel Cajigal de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui.
Onoto.
EXPEDIENTE Nº.2016-29
PARTE DEMANDANTE: MARTA DEL VALLE DIAZ
ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE SUS HIJOS LOS NIÑOS: GABRIEL ANDRES CONTRERAS DIAZ, (11) AÑOS DE EDAD Y STARLING JOSE CONTRERAS DIAZ, (09) AÑOS DE EDAD.
PARTE DEMANDADA: STARLING JOSE CONTRERAS CUAREZ
MOTIVO: SOLICITUD FIJACION OBLIGACION DE MANUTENCION.
Se inicia el presente procedimiento por Solicitud de Obligación de Manutención, propuesta por la ciudadana: MARTA DEL VALLE DIAZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº-V-16.140.128, a favor de sus hijos los niños: GABRIEL ANDRES CONTRERAS DIAZ, de once (11) años de edad, y SATLING JOSE CONTRERAS DIAZ, de Nueve (09) años de edad, por ante este Tribunal en fecha: 14 de Octubre del 2016, en contra su padre ciudadano: STARLIN JOSE CONTRERAS CUAREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº.V-17.508.527.-------------------------------------------------------------------
Se admite mediante auto de fecha 18/10/2016, la Solicitud de Obligación de Manutención, propuesta por la ciudadana: MARTA DEL VALLE DIAZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº-V-16.140.128, a favor de sus hijos los niños: GABRIEL ANDRES CONTRERAS DIAZ, de once (11) años de edad, y SATLING JOSE CONTRERAS DIAZ, de Nueve (09) años de edad, y se acuerda practicar la citación del ciudadano: STARLIN JOSE CONTRERAS CUAREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº.V-17.508.527.------------------------------------------------------------------------------------------
Al folio 08 del Expediente cursa diligencia del Alguacil titular de este Tribunal NANCY ORTIZ, la cual consigna un (01) folio útil, Boleta de Citación a nombre del ciudadano: STARLING JOSE CONTRERAS CUAREZ, el cual fue citado el dìa 19 de Octubre del 2016, a las 8:50 horas de la mañana, en la casa de habitación de su madre Carmen Cuarez.--------------------------------------------------------
Al folio 10 del presente Expediente cursa acta de convenimiento de fecha 24-10-2016, en donde se deja constancia que comparecieron las partes por ante este Tribunal Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Juan Manuel Cagigal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; ciudadanos: MARTA DEL VALLE DIAZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº-V-16.140.128 y STARLIN JOSE CONTRERAS CUAREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº.V-17.508.527, parte demandante y parte demandada en el presente juicio, quienes previa entrevista con el ciudadano: ANTONIO JESUS VARGAS VARGAS, Juez Provisorio de este Tribunal, llegaron al siguiente convenimiento: El padre de los niños GABRIEL ANDRES CONTRERAS DIAZ, de once (11) años de edad, y SATLING JOSE CONTRERAS DIAZ, de Nueve (09) años de edad, ciudadano: STARLIN JOSE CONTRERAS CUAREZ, propone como Obligación de Manutención la cantidad de Tres Mil Bolívares (Bs.3.000,oo) semanales, para un total de Doce Mil Bolívares (Bs.12.000,oo) mensuales, dinero este que será entregado a la madre de los niños ciudadana: MARTA DEL VALLE DIAZ, y estando conforme acepta la Obligación de manutención propuesta y en cuanto al Régimen de Convivencia Familiar los padres están de acuerdo con el ejercicio mutuo del mismo, es todo, terminó se leyó y conformes firman.- Y en virtud de que han llegado a un convenimiento en el presente juicio, piden al Tribunal Homologue el convenimiento acordado entre las partes.-------------------------------------------------------------------------------------------------
El Tribunal en virtud de tal pedimento y visto el contenido del Articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, relativo al interés Superior del Niño y del Adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a Niños, Niñas y Adolescentes para asegurar su desarrollo integral, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.- En consecuencia en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procede a impartirle la correspondiente Homologación al convenimiento acordado por ser procedente en todas y cada una de sus partes. Y acuerda además un aumento anual en tanto y cuanto aumenten los ingresos del padre y las necesidades de los niños de autos, tomando en cuenta el índice inflacionario fijado por el Banco Central de Venezuela.- Y así se decide. Se acuerda el archivo del Expediente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho de este Tribunal de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Juan Manuel Cagigal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Onoto, a los ( 27) días del mes de Octubre del Dos Mil Dieciséis (2016).- Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ PPROVISORIO,
ANTONIO JESUS VARGAS VARGAS.
LA SECRETARIA,
ABG: ERIKA CARBALLAL.
En esta misma fecha siendo las 11:00 horas de la mañana, previo anuncio de Ley, se dicto la anterior Sentencia y se agregó al Expediente Nº. 2016-29
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