REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
Puerto la Cruz, 20 de septiembre del 2016
206° y 157°
Por recibida la presente solicitud de “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS”, presentada por los ciudadanos CHUNYUE ZHENG, PING CHOY ZHENG, CARRY CHOY ZHENG, CHANGE CHOY ZHENG, RICARDO ENRIQUE CHOY BENITEZ, CHIUMY ENEIDA CHOY BENITEZ y ANYELA CAROLINA CHOY BENITEZ, la primera de nacionalidad China y los demás venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E- 81.715.107, V-19.316.382, V-18.848.041, V-18.848.218, V-16.164.800, V-12.892.627 y V-12.892.626, asistido por la abogada Elsy Salazar, Inpre-Abogado Nro. 132.176. Désele entrada y el orden legal correspondiente, fórmese expediente y anótese en el Libro de solicitudes Civiles llevadas por este Tribunal durante el presente año.
Ahora bien, como quiera que de la lectura de la motivación que corresponde a la solicitud formulada, se extrae que la ciudadana CHUNYUE ZHENG, antes identificada, se hace llamar concubina del De cujus ciudadano BERTRAND CHOY YUEN, quien fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.734.550 y no consta en el presente expediente documentación correspondiente que afirme o pruebe lo alegado por las partes, es la razón por la cual, este Tribunal NO ADMITE, la solicitud presentada, todo de conformidad con la potestad que nos confiere el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
Abg. GLORIA SILVA ALEXIS
JUEZ del Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta
de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.
El Secretario Acc.
Abg. José Ramón Quijada Tousaint.
Exp. Nro. BP02-S-2016-001328
GSA/tg
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