REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Barcelona
Barcelona, 02 de abril de 2017
206º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2017-002600
ASUNTO : BP01-P-2017-002600

Visto el escrito presentado por el DR. MANUEL MEDINA en su condición de Fiscal (A) de la Sala de Flagrancia del Ministerio Público pongo a disposición de este Despacho, al imputado ANDERSON ANDRES MORALES FIERRO, (leyendo en este acto la totalidad del acta de aprehensión del mismo y de los elementos de convicción que aporta quien fue capturado en las circunstancias de tiempo, modo y lugar a que se refiere el Acta de Investigación Penal, y solicito se decrete una LIBERTAD SIN RESTRICCION, se decrete la aprehensión del imputado en Flagrancia conforme al articulo 234, y el Procedimiento a seguir el Especial, de conformidad con el artículo 354, ambos del Código Orgánico Procesal Penal; por considerar que se encuentran llenos los extremos de la norma procesal enunciada, se deja constancia que el Fiscal del Ministerio Publico impuso al imputados de los elementos de convicción así como de los hechos objetos de la investigación, y de conformidad con el articulo 44 Constitucional. Asimismo pido sea revisado el Sistema Computarizado Juris 2000, a los fines de evidenciar si el imputado presenta causa por ante estos Tribunales, Es todo; y oídas las partes este Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, para decidir, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Vista la solicitud formulada por la representación del Ministerio Publico este Tribunal de Control Nº 076 DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION del ciudadano ANDERSON ANDRES MORALES FIERRO, titular de la cédula de identidad Nº 24.520.445, de conformidad con lo establecido en el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

SEGUNDO: Vista la solicitud de la Fiscalía del Ministerio Publico, con la anuencia de la defensa y la manifestación de voluntad del ciudadano ANDERSON ANDRES MORALES FIERRO, titular de la cédula de identidad Nº 24.520.445, acuerda su Libertad Inmediata conforme al articulo 44 Constitucional, Quedan las partes presentes en este acto, debidamente notificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que la audiencia concluyó siendo las 6:30 de la tarde. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman. Y ASI DECIDE.

D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al imputado ANDERSON ANDRES MORALES FIERRO, titular de la cédula de identidad Nº 24.520.445, de conformidad con lo establecido en los artículos 44 del La Constitución De La Republica Bolivariana De Venezuela. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 06,

DRA. GABRIELA PATIÑO


EL SECRETARIO DE SALA,

ABG. PEDRO FEBRES