REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de abril de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-M-2017-000009
Vista la diligencia de fecha 25 de Abril del 2017, suscrita por el ciudadano OGILBE GREGORIO GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros. 8.495.439, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 80.720, con domicilio en la calle Juncal N°03, sector la Ceiba de la población de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua de Barcelona del estado Anzoátegui, quien actúa en su propio nombre y representación, mediante el cual procede a desistir de este procedimiento, y solciita sean devueltos los originales marcados con las letras A, B, C, D. En consecuencia este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones expresadas por la parte actora en dicha diligencia; ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; asimismo se ordena el desglose para su devolución de los documento originales cursantes en los folios Nros 06 al 09, 11 al 18, a excepción de los folios 04, 05,10, 19 y 20 los cuales fueron consignados en copias simples, previa certificación en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,
La Secretaria Titular,
Abg.- Alfredo José Peña Ramos
Abg.- Judith Milena Moreno Sabino
Otro si. Se requieren fotostatos para proveer. Coste.-
La Secretaria Titular,
Abg.- Judith Milena Moreno Sabino
/Stefhany M.-
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