REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º

ASUNTO: BP02-F-2017-000034
De las actas procesales se evidencia que la presente causa se contrae a la pretensión de Divorcio incoada por la ciudadana Alejandra Bozzetto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.795.007, domiciliada en la ciudad de Lechería, Municipio Turístico Licenciado Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, contra el ciudadano Giuseppe Leonardo Viviano Ferrara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.287.567.-
Ahora bien, visto asimismo, la diligencia suscrita por el abogado Ramón Bonyorni, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 106.780, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en fecha 29 de marzo de 2017, a través de la cual DESISTIÓ del presente procedimiento; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado en consecuencia HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos y condiciones suscritos por el apoderado actor, otorgándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Asimismo se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Barcelona a los tres (03) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2.017). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
El Juez Provisorio,


Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz.
La Secretaria,


Abg. Violeta Guerra Yndriago.