REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, tres de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: BP02-V-2013-000903
Sentencia Interlocutoria
ABOGADOS: MERCEDES ANGLES SURILUZ MALAVE Y JINNETH BLANCO, En Su Carácter De Consejeras De Protección Del Niño Y Del Adolescente Del Municipio Simon Bolívar De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui
ADOLESCENTE: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
MADRE: YESENIA DEL CARMEN LOROÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V15.154.834,
MOTIVO: COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION.
FECHA DE ENTRADA: 26/07/2013
Por recibido oficio Nro. CDB-814-17, emanado de la Asociación Civil Red de Casas Don Bosco, Puerto la Cruz, mediante la cual solicita permiso para AUTORIZAR suficientemente al adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) para que viaje por tierra en compañía de JOSE GREGORIO ROJAS ALCALA, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 27.693.740, aspirante Salesiano al Pueblo de Uverito Municipio José Gregorio Monagas del Estado Anzoátegui, donde participarán en el Campamento Juvenil Misionero Semana Santa 2017 “Ustedes Hermanos, no se cansen de Hacer el Bien” en la zona sur del Estado, desde el día 08/04/2017 al 16/04/2017; En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, tomando en cuenta el Interés Superior contenido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, principio de interpretación y obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 63, 39 literal “a” y 391 EJUSDEM, que establecen: “Derecho al Descanso, Recreación, Esparcimiento, Deporte y Juego, así como a la Circulación y Viajes en el Territorio Nacional”; en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en Uso de sus Atribuciones Legales y por autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, al adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , para que viaje por tierra en compañía de JOSE GREGORIO ROJAS ALCALA, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 27.693.740, aspirante Salesiano al Pueblo de Uverito Municipio José Gregorio Monagas del Estado Anzoátegui, donde participarán en el Campamento Juvenil Misionero Semana Santa 2017 “Ustedes Hermanos, no se cansen de Hacer el Bien” en la zona sur del Estado, desde el día 08/04/2017 al 16/04/2017. Así se decide.-
Por lo que se ordena librar oficio a la Directora de la Asociación Civil Red de Casas Don Bosco, ubicada en la ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle sobre la presente decisión y que se sirva hacer un seguimiento de la misma. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR
EL SECRETARIO ACC
Abg. JESUS MAITA
FMA/Inelice-