REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de abril de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BP02-S-2014-000473
Revisada como ha sido la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, presentada por el ciudadano HERNAN DE JESUS FLAMEZ YRAZABAL, titular de la cedula de identidad N° V- 14.617.633, asistido en este acto por el abogado en ejercicio OSCAR RODRIGUEZ RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.051. Este Tribunal se declara incompetente por el territorio, para conocer del presente asunto y declina la competencia en el Tribunal del Municipio Francisco del Carmen Carvajal, de Valle Guanape, todo ello en virtud de que el solicitante señala como su domicilio la ciudad de Valle Guanape, Estado Anzoátegui. En consecuencia a los fines de cumplir con los requisitos de Ley se ordena lo conducente. Líbrese oficio remítase. Cúmplase.
EL JUEZ SUPLENTE,

ABG. LEONARDO JOSE LAREZ HERNANDEZ.
LA SECRETARIA,

ABG. ROSLEY BARRIOS FLORES.