REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Cantaura, 25 de Abril de 2017
207º y 158º
SOLICITUD Nº 506-17
ASUNTO: SENTENCIA DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD DE POSESIÓN Y DOMINIO SOBRE BIENHECHURÍAS.
Vista la solicitud y los recaudos a ella acompañados, presentada por el ciudadano HENRY DEL VALLE PLAZA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.493.197, domiciliado en el sector Santo Domingo de la Parroquia Cantaura, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, asistido en este acto por la Abogada SILVIA MARY JARAMILLO MAURERA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 225.639 domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui. Quedó anotado bajo el Nº 506-17 donde manifiesta se le conceda SENTENCIA DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, POSESIÓN Y DOMINIO SOBRE BIENHECHURÍAS.
Revisados como han sido los documentos producidos y habiendo cumplido todos los extremos de Ley; es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA FREITES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a las previsiones legales contenidas en los artículos 26, 29, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 936 Y 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO y el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo del año 2009 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009. Dejando a salvo los derechos de terceros; DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, POSESIÓN Y DOMINIO, sobre la posesión que ejerce el ciudadano: HENRY DEL VALLE PLAZA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.493.197, domiciliado en el sector Santo Domingo de la ciudad de Cantaura, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, sobre unas Bienhechurías y mejoras en general, que ha venido fomentando en un lote de terreno denominado “Rancho Vaquero”, ubicado en el Sector Santo Domingo asentamiento campesino ANACO – PARIAGUAN, Parroquia Cantaura Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, enmarcada dentro de una superficie de CIENTO SETENTA Y UN HECTÁREAS CON TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, (171 Has con 3937 mts 2), alinderado de la siguiente manera: Norte: Carretera Cantaura Campo Mata y Terreno ocupado por Nelson Serrano; Sur: Terreno ocupado por predio Bajo de Cara; Este: Terrenos ocupados por predio la Aguadita, predio Jovalito y predio La Maravilla; y Oeste: Terreno ocupado por predio Chaparralito, demarcado por los puntos de coordenadas levantadas de Proyección Universal de Mercator (UTM), especificados suficientemente en el Titulo de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario Nº 32312216RAT0001954, las cuales se dan por reproducidas, dicho terreno posee desde el año Mil Novecientos Noventa y Nueve (1.999) ha construido a sus propias y únicas expensas y con dinero de su propio peculio personal, las siguientes bienhechurías una (01) vivienda principal; con fundaciones en concreto, columnas en concreto y cabillas de ½” y estribos de 3/8” vigas de carga en concreto y cabillas, vigas de amarre con tubos de 2” y tubulares de 2x1”, cubierta de techo con láminas climatizadas tipo acerolit, paredes de bloques frisadas, acabado liso interno y externo, piso de cemento pulido, puertas de metal entamboradas con marco de lámina y ángulo de metal 1x1”, ventana de metal tipo hojas. Sanitario con piso de cerámica en formato 20x33 cm, y ducha en piso de concreto. Cocina con paredes de cemento frisadas de acabado liso y piso de concreto liso. Habitaciones, una (01) sala-recibo, acometida eléctrica embutida, acometida de aguas negras y aguas blancas. Área total de construcción 168 mts2. Un (01) garaje, corredores con piso de concreto rustico, columnas con tubos de 2” y vigas de amarre de tubulares de 2x1”, cubierta de techo en láminas de acerolit; Piscinas tipo tanque: Emparrillado de cabilla de ½ encofrado y vaciado en concreto armado, con una longitud de 6 mt2 por 4.40 mt2 de ancho y profundidad de 1.40 mt2 capacidad de 36.9 mt3, Tanque (01) fundaciones de cabillas de media y concreto, piso de malla y concreto, Tres (03) hileras de bloques rellenos de concreto, longitud de 6 mts por 3 mts de ancho y una profundidad de 80 cm, con capacidad de 14.4 mt3. Tanque (02) fundaciones de cabilla de media y concreto, piso de malla y concreto, Tres (03) hileras de bloques rellenos de concreto, longitud de 6 mts por 3 mts d ancho y una profundidad de 60 cm, con capacidad de 10.8 mt3. Un (01) Galpón Deposito: Columnas de tubos de 2”, vigas de cargas de 2”, vigas de amarre de 2, cubierta de techo en láminas de zinc. Un (01) Corral: Estructura metálica, tubos de 2” 7/8”, cada 2.5 mts con viga superior de 2” 7/8” y cinco 5 tramos de guayas de 1” 1/8”, superficie total de 160 mts2, Una (01) Becerrera: Estructura metálica de tubos de 4” y tubos de 2” 7/8”, vigas de amarre 1x1 con cubierta de techo de zinc. Superficie total de 36 mts2. Laguna 1: Construida con un ancho de 50 mts de largo con una profundidad promedio de 3 mts. Laguna 2: Construida con una ancho de 17 mts y 20 mts de largo con una profundidad promedio de 1.60 mts, Laguna 3: Construida con un ancho de 32 mts y 35 mts de largo con una profundidad promedio de 1.40 mts, Laguna 4: Construida con un ancho de 55 mts y 80 mts de largo con una profundidad promedio de 1.80 mts. Acometida eléctrica baja tensión: 160 mts de cable 220V, Una (01) caja nema, Tres (03) luminarias. Acometida eléctrica alta tensión: 1.9 Kilómetros de tendido eléctrico con 3.800 mts de cable ardival 19 postes de 6”, 4”, 3” y 2”, Un (01) poste doble de 2”, Un (01) transformador de 25 KVA, Seis (06) cortacorrientes, Cuatro (04) pararrayos, Cuarenta (40) aisladores y Cuarenta y Siete (47) crucetas. Vialidad interna: 1.9 Kilómetros de carretera engransonada de 5.5 mts de ancho. Cercas: 400 mts de cerca perimetral alrededor de la casa con 4 pelos de alambre de púa y estantillos de madera cada 2 mts y 1 portón de tubos de 2” 7/8” x 2”. Otras cercas para división de potreros y perimetral del terreno de 3.7 kilómetros con estantillos de madera cada 2 mts y 4 pelos de alambre de púas, Dos (02) portones de metal con tubos de 2” 7/8” x 2”. Deforestación: 70 hectáreas de deforestación mediana mecánica. Mecanización; 70 hectáreas de mecanización, después de la deforestación comprende las siguientes labores: Destroncar; Dos (02) pases de Big Rome o arado. Desenraizar: Dos (02) pases de rastra. Quemado: Dos (02) jornales. Recogida: Dos (02) jornales. Pastos: 15 hectáreas de paja cabezona (Paspalum Virgatum), Catorce (14) hectáreas de carrizo. Pozo profundo: Una profundidad de 84 mts Grava, en PVC 6”, con sistema de inyección para suministro de agua.
Y ASÍ SE DECIDE.
Devuélvase original con sus resultas las presentes actuaciones a la parte interesada.
Regístrese, Publíquese, Agréguese a los autos del Expediente respectivo y Déjese copia certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE AUDIENCIAS Y DESPACHO DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA FREITES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en Cantaura a los Veinticinco (25) días del mes de Abril del año 2017. Años 207º DE LA INDEPENDENCIA Y 158º DE LA FEDERACIÓN.
LA JUEZ
DRA. ROSARIO ORTEGA BRONT
EL SECRETARIO TEMPORAL
Abog, CESAR RAMÍREZ MAZA
Seguidamente en esta misma fecha se devuelven constante de ________folios útiles originales con sus resultas al solicitante.
EL SECRETARIO TEMPORAL
Abog, CESAR RAMÍREZ MAZA
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