REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de agosto de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BP02-F-2017-000071


Vista la anterior diligencia de fecha 21 de Julio del año 2017, suscrita por la Abogada JUANA BELISARIO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 46.508, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual, desiste de la presente Demanda que por DIVORCIO, hubiere incoado en contra del ciudadano HECTOR JOSE MEJIAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.911.652; asimismo solicita la devolución de los originales consignados en autos; este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones contenidos en la mencionada diligencia, ordenándose proceder como en sentencia pasada, en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse el documentos original el cual riela al folio Cinco (05) del presente Expediente, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
El Juez Provisorio
La Secretaria Acc,
Abg. Alfredo Peña Ramos
Abg. Yelitza Hernández





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