REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, trece de diciembre de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BP02-V-2010-000226

PARTE DEMANDANTE: BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL.

PARTE DEMANDADA: ERIKA ALEJANDRA FANDIÑO PETIT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.548.062.


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Vista la anterior demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el Abogado LUIS GUZMAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.305.215, inscrito en el IPSA bajo el Nº V- 132.543, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Banco Provincial C.A. (BANCO UNIVERSAL), en contra de la Ciudadana ERIKA ALEJANDRA FANDIÑO PETIT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.548.062, respectivamente, por cuanto se evidencia que la última actuación de esta demanda fue en fecha tres (03) de julio de dos mil catorce (2.014).-

EL TRIBUNAL OBSERVA:
De las actas que conforman el expediente se verifica la total inactividad de las partes en el presente procedimiento, por cuanto hasta la presente fecha, han transcurrido mas de un (1) año, sin que hayan cumplido con la obligación de impulsar el procedimiento, en consecuencia, resulta forzoso para este Juzgador, declarar la pérdida de interés, y por ende, terminado el procedimiento.-

DECISIÓN:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de los interesados, en la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el Abogado LUIS GUZMAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.305.215, inscrito en el IPSA bajo el Nº V- 132.543, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Banco Provincial C.A. (BANCO UNIVERSAL), en contra de la Ciudadana ERIKA ALEJANDRA FANDIÑO PETIT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.548.062, respectivamente.-

SEGUNDO: SE DA POR TERMINADO EL PROCEDIMENTO.-

TERCERO: SE ORDENA REMITIR EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL.

Publíquese y Regístrese. Déjese copia.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui. En Barcelona, a los trece (13) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).-


El Juez,


Abg. José Jesús Ramírez García


La Secretaria Acc,


Abg. Milagros Ysabel Guevara Serra.

En esta misma fecha, siendo las 09:45 A.M., se dictó y público la anterior sentencia. Conste.-

La Secretaria Acc.-
JJRG/cmbp.