REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintiuno de febrero de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: BP02-N-2016-000046
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CANALIZACIONES, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por la ciudadana ANA MARIA CAMINO MAREA, titular de la cédula de identidad Nº 6.304.877, e inscrita en el IPSA bajo el Nº 39.333, actuando en su propio nombre y representación, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación y notificaciones ordenadas. Asimismo, se ordena practicar la Notificación del Procurador General de la República, de conformidad con el Artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, solicitando a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento. Además, se hace la acotación de que el lapso para la contestación de la demanda, comenzará a computarse una vez que conste en autos la ultima de las resultas de las notificaciones acordadas. Compúlsese por Secretaría copia certificada del libelo de la demanda, anexos y auto de admisión, a los fines del emplazamiento y notificación respectiva. Líbrese lo conducente.
La Juez,
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abog. Marieugelys García Capella.
s.v.
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