REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, nueve de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º

ASUNTO: BP02-R-2016-000530

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, este Tribunal observa lo siguiente:
En fecha veinte (20) de enero de 2017, se recibió la presente causa remitida bajo el oficio Nº 0790-00033, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, contentivo del juicio que por Cumplimiento de Contrato de Opción Compra Venta, intentaran los ciudadanos Magin Villalba y Rosibel Hernández, contra los ciudadanos Edgar Rafael Carrasco Rodríguez y Nancy Truhlar de Carrasco, dándosele entrada en fecha veintiuno (21) de enero de 2017.
Que en fecha veintisiete (27) de enero de 2017, se recibió diligencia suscrita por el Abogado Gonzalo Oliveros Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.111, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual solicitó se fijara oportunidad para la designación de jueces asociados en la presente causa.
Que en fecha dos (2) de febrero de 2017, se dictó auto fijando el décimo (10mo) día de despacho siguiente como oportunidad para la presentación de los informes respectivos, de conformidad con lo establecido en el artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien, por cuanto se puede evidenciar que la diligencia suscrita por la representación de la parte demandante mediante la cual peticionó se fijara oportunidad con el objeto de llevar a cabo la designación de jueces asociados es anterior al auto dictado por este Tribunal, resulta inoficioso fijar oportunidad para la presentación de informes en la presente causa, debido a que no se ha realizado el mencionado nombramiento.
En tal sentido, este Juzgado Superior deja SIN EFECTO el auto de fecha 2 de febrero de 2017, por contrario imperio y asimismo se fija el tercer (3er) día de despacho próximo para la realización de la elección de los jueces asociados que se constituirán en el Tribunal, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 118 y 119 del Código de Procedimiento Civil.
La Jueza,
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abg. Marieugelys García Capella.
A.A.