REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Barcelona
Barcelona, 27 de Febrero de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2017-001104
ASUNTO : BP01-P-2017-001104
Visto el escrito presentado por la Dres. JOSE DANIEL PEREZ ROMERO Y GONZALO GALINDO, actuando en su carácter de FISCAL AUXILIAR INTERINO ENCARGADO Y FISCAL AUXILIAR INTERINO EN LA FISCALIA VIGESIMA DEL MINISTERIO PUBLCICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, mediante el cual solicita sea DECRETADA ORDEN DE APREHENSION, en contra del ciudadano EDGAR JOEL RODRIGUEZ SABINO apodado “EGUITA”, titular de la cédula de identidad Nº V-25.262.345, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTIL ES E INNOBLES Y AGAVILLAMIENTO , previsto y sancionado en el artículos 406 Ordinal 1° Y 286 del código penal , cometido en perjuicio de WALTHER JOSE VASQUEZ CARIPE (OCCISO); en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:
LOS HECHOS
“De las actas que integran la presente investigación penal signada con el numero K-17-0072-00550, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub delegación Barcelona, las cuales se inician en un principio por la desaparición Forzosa de una persona, se desprende, que siendo aproximadamente las 07:00 horas de la noche del 28 de Febrero de 2017, el ciudadano WALTHER VASQUEZ (Occiso) , se encontraba en su vivienda en compañía de seis (06) sujetos, entre ellos el ciudadano EDGAR RODRIGUEZ, quienes empiezan a arremeter en contra de la victima de la presente causa, debido a que este había ocultado objetos que en horas antes habían despojado a ciudadanos que transitaban en una unidad de transporte publico en la Avenida Intercomunal de Barcelona. Bajo efectos de sustancias psicotrópicas y estupefacientes, se trasladan a una zona localizada al pie del cerro de la Universidad de Oriente, llamada Los Terrenos, un sujeto llamado ROLLER da ordenes de someter a los ciudadanos EDGAR Y WATHER, luego amordaza y amarran al ciudadano WALTHER, constriñendo a EDGAR a que lo cargara a las adyacencias del segundo tanque de aguas en estado de abandono de la parte alta del cerro de la Universidad de Oriente, ROLLER bajo amenazas solicita a EDGAR que entregue el resto de los objetos, este menciona donde puede ser ubicada y el ciudadano EDGAR, emprende la búsqueda de dichos objetos sin resultado alguno, informa acerca de lo suscitado a ROLLER, el cual sin mediar palabras le propina un disparo en la región cefálica a WALTHER con una escopeta, y con la participación de los otros cinco sujetos, entre ellos EDGAR, abrieron una fosa donde sepultaron el cadáver del hoy interfecto WALTHER JOSE VASQUEZ CARIPE, para posteriormente marcharse del lugar de los hechos.”
Ahora bien, de los elementos de convicción, correspondientes a las diligencias de investigación practicadas por el órgano policial con relación al presente caso, se aprecia lo siguiente:
1. DENUNCIA, DE FECHA 29-01-2017 INTERPUESTA POR LA CIUDADANA KARLA ALEJANDRA LOPEZ PINTO, VICTIMA INDIRECTA.
2. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 29-01-2017, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO DTV. FREDY GUZMAN, ADSCRITO AL CICPC SUB DELAGACION BARCELONA.
3. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA RAMOS REYES ANDRISBEL DEL VALLE.
4. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA KARLA ALEJANDRA LOPEZ PINTO.
5. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 02-02-2017 SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO DTV. AGREGADO LESLIE PIÑANGO, ADSCRITO AL CICPC SUB DELAGACION BARCELONA.
6. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 02-02-2017 SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO DTV. AGREGADO LESLIE PIÑANGO, ADSCRITO AL CICPC SUB DELAGACION BARCELONA.
7. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA CAMARGO AYOLA MARIELYS DEL VALLE.
8. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 01-02-2017 SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO DTV. CARLOS SOLIS, ADSCRITO AL CICPC SUB DELAGACION BARCELONA.
9. INSPECCION TECNICA POLICIAL N° 777, DE FECHA 02-02-2017, SUSCRITA POR LOS FUNCIONARIOS DTVES. ANTHONY BELLORIN Y CARLOS SOLIS, ADSCRITO AL CICPC SUB DELAGACION BARCELONA.
10. INFORME PERICIAL N° 9700-192-ALB-289, DE FECHA 15-02-2017, SUSCRITA POR LOS FUNCIONARIOS DTVES. CARMEN JIMENES Y MARCOS CICCONI.
11. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA KARLA ALEJANDRA LOPEZ PINTO.
12. INSPECCION TECNICA N° 778, DE FECHA 21-02-2017, SUSCRITA POR LOS FUNCIONARIOS INSP. FRANKLIN BASTARDO, DTVES. AGRGADOS JORGE MORENO, LESLIE PIÑANGO, CARLOS SOLIS Y LUIS GARBAN, ADSCRITO AL CICPC SUB DELAGACION BARCELONA.
13. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL N° 186, DE FECHA 21-02-2017, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO DTV. CARLOS SOLIS.
14. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 21-02-2017, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO AGREGADO JORGE MORENO, ADSCRITO AL CICPC SUB DELACION BARCELONA.
15. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA CERIPE PETRA ANDREA.
16. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA LOPEZ PINTO KARLA ALEJANDRA.
17. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECJA 22-02-2017, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO INSP. FRANKLIN BASTARDO, ADSCRITO AL CICPC SUB DELEGACION BARCELONA.
18. CERTIFICADO DE DEFEUNCION EV-14, DE FECHA 22-02-2017, SUSCRITA POR LA FUNCIONARIA GUMERSINDA CAMERO, ADSCRITO AL MEDICO PATOLOGO DEL SERVICIO NACIONAL DE MEDICINA Y CIENCIAS FORENSES.
19. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA LUISA DEL VALLE GUTIERREZ.
20. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADA HERNANDEZ ROJAS ALFRITH CAROLINA.
21. ACTA DE ENTREVISTA AL CIUDADANO JORMAN JONAIKE HRNANDEZ.
22. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA LUISA DEL VALLE GUTIERREZ.
23. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA URPIN CAGUANA JOUXIRETH DE LOS ANGELES.
24. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 24-02-2017, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO INSP. FRANKLIN BASTARDO, ADSCRITO AL CICPC SUB DELAGACION BARCELONA.
25. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 23-02-2017 SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO DTV. JESLIMAR COA, ADSCRITA AL CICPC SUB DELEGACION BARCELONA.
26. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, DE FECHA 24-02-2017, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO DTV. CARLOS SOLIS ADSCRITO AL CICPC SUB DELEGACION BARCELONA.
27. ACTA DE ENTREVISTA A LA CIUDADANA KARLA ALEJANDRA LOPEZ PINTO.
En este sentido, con relación a la solicitud de una Orden de Aprehensión en contra en contra de los ciudadanos EDGAR JOEL RODRIGUEZ SABINO apodado “EQUITA”, titular de la cédula de identidad Nº V-25.262.345, considera el Representante Fiscal que se encuentran llenos todos y cada uno de los extremos a que se refiere el articulo 236, ordinales 2º y 3º Parágrafo Primero, y 237, ordinales 1º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que de las actas procesales que conforman la presente investigación, se aprecia la presunta comisión de un hecho punible de acción pública, como lo es por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTIL ES E INNOBLES Y AGAVILLAMIENTO , previsto y sancionado en el artículos 406 Ordinal 1° Y 286 del código penal , cometido en perjuicio de WALTHER JOSE VASQUEZ CARIPE (OCCISO, por lo que la acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, y merecedor de pena privativa de libertad.
En cuanto a los fundados y variados elementos de convicción que hacen presumir que los ciudadanos EDGAR JOEL RODRIGUEZ SABINO apodado “EQUITA”, titular de la cédula de identidad Nº V-25.262.345, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTIL ES E INNOBLES Y AGAVILLAMIENTO , previsto y sancionado en el artículos 406 Ordinal 1° Y 286 del código penal , cometido en perjuicio de WALTHER JOSE VASQUEZ CARIPE (OCCISO), razones por la que considera la Representante Fiscal del Ministerio Publico, que dicha previsión contenida en el numeral 2° del artículo 236 de la Ley Adjetiva Penal, se encuentra plenamente satisfecha. En tal sentido considera quien suscribe, que los Preceptos Jurídicos a que se contraen la presente solicitud de ORDEN DE APREHENSIÓN, se circunscriben perfectamente a la conducta voluntaria delictual desplegada por los referidos ciudadanos, es por lo que estima quien suscribe, que la presente precalificación se encuentra perfectamente ajustada a Derecho.
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que los ciudadanos EDGAR JOEL RODRIGUEZ SABINO apodado “EQUITA”, titular de la cédula de identidad Nº V-25.262.345, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTIL ES E INNOBLES Y AGAVILLAMIENTO , previsto y sancionado en el artículos 406 Ordinal 1° Y 286 del código penal , cometido en perjuicio de WALTHER JOSE VASQUEZ CARIPE (OCCISO), y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del mismo. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de los ciudadanos EDGAR JOEL RODRIGUEZ SABINO apodado “EQUITA”, titular de la cédula de identidad N° 25.262.345, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTIL ES E INNOBLES Y AGAVILLAMIENTO , previsto y sancionado en el artículos 406 Ordinal 1° Y 286 del código penal , cometido en perjuicio de WALTHER JOSE VASQUEZ CARIPE (OCCISO), de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de aprehensión y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona, con el objeto de que practiquen la captura del referido ciudadano y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirá dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 04 DE GUARDIA,
DRA. LUZ VERONICA CAÑAS IZAGUIRRE
LA SECRETARIA DE GUARDIA,
ABG. ANYIRIS PEREZ
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