REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 3 de Febrero de 2017
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2016-000223
ASUNTO : BP01-D-2016-000223
DECISIÓN: MEDIDA DE DETENCIÓN PRIVATIVA PREVENTIVA JUDICIAL DE LIBERTAD
Por celebrada la Audiencia de presentación de Aprehendido en la cual es presentado por el Representante de la Fiscalía 17° del Ministerio Publico DR. BETZAIDA SANCHEZ , en su condición de Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público por ante este Tribunal de Control Nº 01, de Responsabilidad Penal de la Adolescente, previo traslado desde Centro de Coordinación Policial del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui , El Adolescente un E.S.D., y hace una exposición de los hechos que se le imputan al prenombrado Adolescente, precalificando los mismos como con figurativos de los delitos de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.);, solicitando el Fiscal del Ministerio Público se ratifique la orden de aprehensión emanada, se aplique el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 Ejusdem, y se imponga al joven adulto E.S.D., la MEDIDA DE DETENCION PREVENTIVA, prevista el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Es por lo que este Tribunal pasa a decidir lo siguiente:
PRIMERO: De las actuaciones consignadas por la Representante del Ministerio Público en la Audiencia se evidencia que cursa actuaciones policiales, en la que cursa: 01.- DENUNCIA COMUN, de fecha 15 de Febrero de 2016, sostenida por la ciudadana K.R.V.M., quien en consecuencia expuso lo siguiente: ““Vengo a denunciar a mi compañero de clases A.V. apodado “EL BEBE”, y a otro muchacho que le dicen “EL CATIRE”, ya que el día jueves 11-02-2016, abusaron de mi sexualmente, mientras me encontraba en la casa de otro muchacho que se llama E., es todo.”ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha15 de Febrero de 2016, suscrita por el funcionario DETECTIVE JUAN MARTINEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz; quien realizó diligencias en torno al presente hecho. INSPECCION TECNICA N° 0382, de fecha 15 de Febrero de 2016, suscrita por los funcionarios DETECTIVE JHON ROJAS Y DETECTIVE JUAN MARITNEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz; practicada en la siguiente dirección: CASA SIN NUMERO, UBICADA EN LA CALLE SANTA EDUVIGES, SECTOR LAS MALVINAS, MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO, PUERTO LA CRUZ, ESTADO ANZOATEGUI. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de Febrero de 2016, sostenida por la ciudadana ARGELIS DE LOS ANGELES GUERRA RANGEL, quien en consecuencia expuso lo siguiente: “Resulta que ser que el día de hoy 15-02-2016, en horas de las mañana, me encontraba afuera del liceo PEDRO VARGAS, cuando de pronto llega mi amiga K. VARGAS y me contó que los adolescentes: A.V. y “EL CATIRE”, abusaron de ella el día jueves 11-02-2016 en horas de la tarde, es todo.”ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 22 de Febrero de 2016, suscrita por el funcionario DETECTIVE LUIS MARCANO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz; quien realizó diligencias en torno al presente hecho. RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL NRO. 356-0303-0585-16 de fecha 16 de febrero de 2016 suscrito por el Medico Jefe del Servicio de Medicina y Ciencias Forenses estado Anzoátegui, Dr. José Guzmán. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 09 de Marzo de 2016, suscrita por el funcionario DETECTIVE LUIS MARCANO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto La Cruz; quien realizó diligencias en torno al presente hecho. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 07de Marzo de 2016, sostenida por la ciudadana adolescente K.R.V.M., quien en consecuencia expuso lo siguiente: “Salimos de clases como a las 12 del mediodía y nos conseguimos a un amigo en el liceo de nombre A. y R. le pregunta a que si tenia mangos en su casa y l le dice que s y nos fuimos para su casa y el se cambio de ropa y salio a comer y buscar los mangos, nosotras nos pusimos a hablar con su mama que no me acuerdo su nombre, como a las tres y media nos fuimos de casa de A. y uno agarro y se fue por la técnica y cuando pasamos por una esquina nos encontramos a L. y nos pusimos a hablar y dijimos para ir al Matinée, entonces allí estamos viendo a ver si entramos, pero no teníamos dinero y yo tena veinte bolívares y L. me dio diez bolívares y R. no tena dinero, entonces L. saco 100 bolívares y pasamos para el matinée, allí nos vendí la entrada una seora que es evangélica que no se su nombre, pero es la mama de L.E. EL CATIRE, entramos y nos pusimos a hablar con R. para una nevera mala que estaba allí, allí baile con un amigo que no me acuerdo su nombre y después baile con F., ellos estaban hablando, allí me puse a hablar con L.E., EL CATIRE y llegaron tres amigas del A.E., y el CATIRE me dijo que le cuadrara a una de ellas que andaba con un bolsito rojo, también estaba EL BEBE quien me llama y me dice que vaya para la casa a tener relaciones y yo le pique el ojo a R. y le dije que cuando yo me canse voy para allí, y en eso me llama L.E. y me pregunto que me haba dicho EL BEBE y entonces yo le conteste que para ir a su casa y EL BEBE me dice que fuéramos y el se llevaba a R., eran como las 04:20 y el se fue a hablar con R. y a mi me llamo F. para bailar y me dice que si estaba preocupada porque vio cuando yo estaba hablando con ellos y le comente que me estaban invitando para su casa y l me dijo no vayas, no te vuelvas loca entonces EL BEBE Y EL CATIRE me hacían seas que me apurara para ir para allá y yo les decía que no, y F. me dijo para acompañarme afuera y yo le dije a F. que ya va que iba a buscar a R., entonces R. me dijo que fuéramos a buscar agua para casa del BEBE, yo le dije que abajo haba agua y ella no quiso porque estaba caliente y me volvió a insistir a que fuéramos para casa del BEBE, y estando afuera ella agarra y dice C. le doy el bolso o no se lo doy? Y yo le pregunte para que y R. me dice acuérdate que vamos a beber agua en eso me dice BEBE vamos acuérdate que vamos a tener relaciones y yo le dije que no, entonces CATIRE dice apártate que puede salir una señora que es Tía de R. para que no se diera cuenta, mientras están en ese rollo que si le daba el bolso o no, entonces L.E. CATIRE hace a quitarle el bolso y ella se lo da y dice Hay ya se lo di y CATIRE se fue primero con el bolso y cuando vamos a salir atrás de CATIRE vemos a la ta de R. y R. se hace la loca para que la ta no se de cuenta y dijimos que vamos a beber agua y la ta dice cuidado a un chamo que estaba sentado con ella allí y le dice GRINGO dale agua a R. y ella dijo que no que yo la iba a acompañar algo a casa de la ta M., pero eso era mentira era una excusa para irnos porque nunca pasamos por casa de la ta M., sino que nos fuimos directo para casa de E., R., EL BEBE; y yo, cuando llegamos E. estaba agachado frente a su casa y E. nos dice que pasemos, pero solo paso el BEBE y L.E. estaba adentro, allí L.E. se asoma y yo le digo a RO. que no vamos a pasar, y R. comienza a decirme que pase y yo le decía que no y en eso L.E. me agarro por la mano y me obligo a pasar y R. paso después y le pidió el BOLSO a CATIRE y este se lo dio y allí pidió agua y yo iba saliendo y L.E. me agarra por las manos y me paso para el cuarto y me senté en la cama y yo le dije que me quiero, y el vino y me dijo agarra aire antes de irnos y yo le dije nada mas voy a agarrar aire y me voy pero cuando yo me paro para irme pasa EL BEBE y le digo AL BEBE me voy y le pregunto pro R. y me dice que esta afuera con un muchacho y entonces se me sienta EL BEBE de un lado y EL CATIRE del otro lado de la cama y el BEBE me da un beso en el cachete y yo me limpio y yo le digo MIJO y empezó el BEBE a decirme que me quitara la ropa y como yo no querrá me decía para que viniste y EL BEBE me deca yo solamente, anda vamos a tener relaciones yo solamente y yo les dije llámame a R. y ya las lagrimas se me estaban saliendo y empecé a llorar y en eso llaman a R. y cuando entra me encuentra con los ojos aguaos y ella me dice que tienes y yo le dije que CATIRE Y BEBE me mandaron a quitarme la ropa y yo vine y le dije que no, y ella me dice chama como hacemos bueno yo voy a decir que vamos a decir que nos duele la cabeza y R. se va y entran nuevamente BEBE Y CATIRE y yo escucho que la puerta de la calle lo cerraron y ellos entran l cuarto y me dicen bueno como no te vas a quitar la ropa te la vamos a quitar uno allí comenzamos a discutir y EL BEBE empezó a quitarme la camisa pero como yo no me dejaba CATIRE me agarraba los hombros diciendo que me quedara quieta y cuando lograron quitarme la camisa, te empujaron a la cama y me acostaron, entonces yo intente pararme para buscar mi camisa, allí comenzaron a quitarme la correa y desabrocharme el pantalón y yo empecé a llorar y a decir que me dejaran quieta, pero el BEBE me comenzó a manosear mas y yo lo empujaba, allí L.E. CATIRE se quita el pantalón y la camisa y entonces cuando estaba desnudo le dijo al BEBE que se saliera, all L.E. me agarro y me termino de bajar los pantalones y se metió entre los pantalones y me agarro y me penetra y en eso veo una sombra como de alguien con un teléfono, yo no se si era alumbrando o grabándome porque estaba oscuro, ya que la ventana estaba tapada con unas cosas amontonadas, allí el se quita y siento que me cae un liquido en las piernas e intento ponerme el pantalón y me mancha el pantalón en la rodilla, allí entra EL BEBE y yo le digo llorando que ya no aguanto mas que no me hicieran nada, que me dejaran quieta y allí EL BEBE se baje el pantalón y se puso un preservativo me bajo los pantalones y me alzo las piernas y me penetro dos veces, allí comencé a empujarlo de nuevo y el no se quitaba, y me volva a repetir yo solamente y ya me acabo y salí y yo comencé a buscar la camisa para ponérmela y no la encontré allí entra E. y me dice para donde vas tu y yo llorando le dije quítate y que EL BEBE haba dicho que el y ya para que me dejaran salir y E. agarro y me dijo pues NO, yo agarre a empezar a decir llámame al BEBE que el haba dicho que lo hiciera con el y ya, para que me dejaran ir, entonces EL BEBE entra y dice yo no he dicho nada hagan lo que quieran con ella, paso un chamo que no lo haba visto y el CHAMO dijo déjenla quieta que esta muy asustada, vela como esta privada llorando y E. dijo no me importa, cuando yo salgo trasteando porque no haba luz, veo a tres chamos en la sala y L.E. ya no estaba, yo agarro y me pongo la camisa y un chamo me agarro por las manos y me decía pero vamos a hablar, pero yo me estaba muy nerviosa y le dije que no querrá hablar con nadie que me soltara, allí los demás le dijeron sueltala para que se vaya, cuando abrieron la puerta, yo Salí y me comencé a acomodar la camisa y están siete chamos parados en la pared de la casa de E. y uno dice saliste fresquecita y cuando voy llorando por la va arreglándome la camisa por el callejón esta EL BEBE mas adelante y el viene y se re, y yo le dije no te ras mucho que me debes una y allí yo paso para el Matinée y veo a R- y me pongo a llorar mas y fui donde F. que seguía allí y le contó lo que haba pasado y le dije que tenia miedo de salir porque estaban afuera, allí F. dijo me las van a pagar y cuando voy saliendo R. esta con EL BEBE y le dice que me haba hecho y el BEBE le dice que nada, pero yo me fui llorando y en la va me consigo al amigo del BEBE de nombre C.E. que le dijera AL BEBE que tenga cuidado porque me las va a pagar y sigo caminando y cuando llegue a casa de R. que voy al bao estaba botando sangre y escucho cuando la abuela de RO. preguntando que si yo estaba allí, porque mi mama tenia rato llamando y allí le pide a la abuela veinte bolívares para el pasaje pero cuando vamos en la va R. me compro una malta caliente y me lo tome y me fui a su casa y cuando yo llegue a mi casa mi mama me dijo que pasara y me jodio con una correa de cuero y el da lunes 15-02-2016 mi mama se entero y me dijo para poner la denuncia SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PROCEDE A REALIZAR LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: 1.- DIGA USTED, LUGAR, HORA Y FECHA DONDE FUE ABUSADA SEXUALMENTE? CONTESTO: Es en el callejón Santa Eduviges cerca de la Técnica por la panadera, cerca de la plaza de chuparin, como a las 05:00 de la tarde en la casa de E. que es de color marrón claro con rejas blanca. 2.- DIGA USTED, LA IDENTIFICACIN DE LAS PERSONAS QUE SE ENCOENTRABAN EN LA CASA DONDE FUE ABUDAD SEXUALMENTE? CONTESTO: Cuando yo llegue estaban EL CATIRE, EL BEBE y E.; después que me abusaron y Sal del cuarto en la sala habían tres personas que no los conozca y tampoco le vi la cara, luego al salir de la casa, afuera habían como siete u ocho personas que no les vi bien la cara porque yo Sal tapándome la cara y solo le vi los pies, pero escuche cuando uno me dijo saliste fresquecita. 3.- DIGA USTED, LOS MOTIVOS POR LA CUALES SU AMIGA R. LA LLEVA A LA CASA DONDE FUE ABUSADA? CONTESTO: Me dijo con la excusa que iba a beber agua. 4.- DIGA USTED, DESPUES QUE SALIERON DEL MATIN, HABA OTRO LUGAR DONDE PODAN TOMAR AGUA? CONTESTO: En el matia haba para tomar agua, después que salimos en el mismo callejón donde vive E. estaba sentada una ta de R. quien nos ofreció agua, yo le dije que si y ella dijo que no porque según iba a buscar una broma que dejo por allá. 5.- DIGA USTED, LAS CARACTERISTICAS FISONOMICAS DE EL CATIRE; E. Y EL BEBE? CONTESTO: E. es alto moreno, cabello negro, gordito, moreno, ese da tena un pantalón amarillo tipo bermuda y una camisa gris , EL CATIRE, es de mi tamaño como 1:50 metros, catire, piel blanca, cabello liso; tena una bermuda de blue jeans, camisa rosada; EL BEBE, es moreno claro, alto, flaco, cabello rizado corto, ese da tena el uniforme del liceo azul. 6 DIGA USTED, DONDE PUEDEN SER UBICADOS E., EL CATIRE Y EL BEBE? CONTESTO: E. puede ser ubicado por la plaza de Chuparin o en cumana, EL CATIRE al lado de donde se realizo el matin o en cumana y EL BEBE en el mercado por las escaleras por la calle que llaman los achaqueros, por que vende productos regulados. 7 DIGA USTED, LA IDENTIFICACION DE LAS PERSONAS QUE LOGRARON PENETRARLA VIA VAGINAL? CONTESTO: EL BEBE que uso condón no se que hizo con el condón y EL CATIRE L.E.. 8 DIGA USTED, FUE ABUSADA SEXUALMENTE VIA ANAL, DE SER POSITIVO IDENTIFIQUE A LAS PERSONAS? CONTESTO: Si, lo hizo EL BEBE. 9. DIGA USTED ACOSTUMBRA A ASISTIR A LOS MATINE? CONTESTO: No tanto, con esa, era la tercera vez que asista a un matin. 10. DIGA USTED, IDENTIFIQUE A LA PERSONA QUE LE QUITO EL BOLSO EN EL MATINE SU AMIGA R. Y EL MOTIVO POR LA CUAL SE LO QUITO? CONTESTO: Ella jugaba a darselo y lo entregaba, luego L.E. EL CATIRE, se lo halo y se fue. 11. DIGA USTED, 14. DIGA USTED, LOS MOTIVOSD POR LA CUAL NO SOLICITO AYUDA DE ALGUNA PERSONA EN PARTICULAR AL SALIR DE LA CASA DONDE FUE ABUSADA SEXUALMENTE? CONTESTO: Yo hable con R., y le iba a pedir ayuda a F., y como estaba llorando me fui. 12. DIGA USTED, TIENE CONOCIMIENTO SI ESTOS CIUDADANOS HAN ABUSADO SEXUALMENTE DE OTRAS PERSONAS? CONTESTO: No se. 13. DIGA USTED, SU AMIGA R. ACOSTUMBRA A COMPARTIR CON LOS CIUDADANOS LLAMADOS E., EL BEBE Y EL CATIRE? CONTESTO: Con E. desde que era chiquita, con el BEBE y EL CATIRE no se. 14. DIGA USTED, HA SIDO PAREJA DE E., EL BEBE Y EL CATIRE? CONTESTO: No. 15. DIGA USTED, LAS CARACTERISTICAS DE LA ROPA PORTABA EL DIA QUE FUE ABUSADA SEXUALMENTE Y DONDE SE ENCUENTRA? CONTESTO: Llevaba puesto el uniforme del liceo que es un pantalón escolar azul marino, una chemisse de color azul, una pantaletas rosada con dibujos de guitarras y una correa tipo militar de color negro, un sostén amarillo que decía LOVE en el lado izquierdo y cotilla de color blanco, esa ropa esta en mi casa, lave todo menos el pantalón. 16. DIGA USTED, desea agregar algo mas a su entrevista. CONTESTO. No, es todo. Es todo.”ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 07de Marzo de 2016, sostenida por la ciudadana adolescente R.DELV.H.C., quien en consecuencia expuso lo siguiente: “Eso fue un da jueves entrando a clases K. me empezó a decir para ir para un matinée, y yo le dije que no entonces ella empezó a insistir otra entonces vengo yo y me siento delante de ella dejando un puesto intermedio porque no quería saber mas nada de ese tema, entonces cuando salimos de clases el segundo grupo entre ellos estaba K. y yo entonces dimos una vuelta por la cantina y por todo el liceo después salimos para afuera entonces se nos ocurrió la idea de ir para la casa de su novio de nombre ALBERT DIAZ, que queda por el sector los Jobos o los tubos, comimos mango y echamos broma después de allí se hizo como a las tres de la tarde y nos fuimos para la técnica K. y yo nos metimos por un callejón que queda cerca de la casa de mi ta después nos fuimos directo para mi casa y en el camino nos encontramos una muchacha L. no recuerdo el apellido entonces K. me seguía diciendo para ir al mantiene y yo le deca que no, entonces L. ME DICE el mantiene esta prendido allá en la casa de los evangélicos y yo miro a K. y le digo para ir y ella contesta que si, nos fuimos las tres para el mantiene, entonces yo veo que K. le esta pidiendo dinero a L. para pagar la entrada del matia y L. saca un billete de diez, entonces K. dice falta el de ROMARLING, luego yo la miro y me pregunto que?, L. saca del bolsillo 100 bolívares, y me dice que me va a rescatar prima, yo agarre y pague la entrada, luego subimos para arriba donde estaba el mantiene, porque esa es una casa de dos plantas y nos quedamos achantada con unos amigos del tercer ao uno se llama J., loa otros no s como se llama, mientras K. estaba bailando con un chamo llamado F., después EL CATIRE viene y me llama, me dice si a mi me van a meter en broma de santera, yo le dije OK, luego me voy para donde están los muchachos J. y los amigos de J., entonces me llama L.R.M. y bailamos, cuando estaba bailando tenia con un morral y llega EL CATIRE y me quita el morral, bajamos para la planta de abajo a perseguirlo junto con K., luego afuera nos encontramos a EL BEBE que estudia conmigo y me dijo quieren agua, yo le dije que s y nos llevo para una casa, cuando llegamos a la casa estaban un chamo de gorra blanca, E., EL CATIRE Y EL BEBE, cuando entre me fui directo para la cocina y a K. la pasaron para el cuarto, luego K. me llama y me dice chama me mandaron, yo le digo, ve yo voy a decir que a m me duele la cabeza y a ti te duele el vientre, ella me dice si va, yo Sal y le dije a E. chamo me duele la cabeza y me dio un golpe en la cabeza, y ella se par de la cama, yo pensaba que ella vena detrás de m, porque cuando iba por el callejón me voy para la casa de la seora evangélica y espere allá que K. saliera y no salía, la seora se fue para el matinée yo me devolví y empecé a tocar la puerta donde fui a tomar agua, llame a K., ella no respondió, los muchachos gritaron y yo no entendí, cuando me devuelvo veo AL GRINGO, el hijo de la evangélica y le digo anda a ver que le están haciendo a K., y me dice que si voy pero déjame hacer algo en la casa, yo esperándola, regreso al matinée para ver a quien conozco y K. sale de la casa y va subiendo para el matinée, viene llorando y me dice chama a mi me violaron allí en la casa donde fuimos a tomar agua, cuando vamos saliendo del matin nos encontramos a F., y ella abraza a F., yo le digo veámonos, nos fuimos para mi casa, en mi casa la paso directamente ara el bao y le doy una panita para que se lave la pepita, entonces mi abuela BARBINA nos manda a comprar pan, fuimos a la panadera preguntamos si haba pan y no haba, y compramos una marta caliente nos fuimos caminando para su casa, yo se la lleve a su mama ROSA, me regrese y llegue a mi casa y mi mama me pregunto donde estaban y le contó todo menos lo de la violación, como a las 08:00 horas de la noche aproximadamente le envían un mensaje a mi mama diciendo viste lo que le paso a la amiga de R., mi mama me despierta y me dice que le paso a K., y le contó la verdad, luego el lunes le digo a K. que tienes que decírselo a tu mama, ella me dice que tena miedo porque la iban a botar de la casa, luego yo le dije a la mama de K. todo lo que le paso. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PROCEDE A REALIZAR LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: 1.- DIGA USTED, LUGAR, HORA Y FECHA DONDE FUE ABUSADA SEXUALMENTE LA ADOLESCENTE K.V.M.? CONTESTO: Eso fue en el Sector Las Malvinas, calle Santa Eduviges, Barrio Montecristo de Puerto la Cruz, específicamente en una casa de color amarillo con rejas de color rojo que esta en un callejón. 2.- DIGA USTED, COMO ESTUVO CONOCIMIENTO DE LA REALIZACIN DEL MATINEE EN ESA CASA? CONTESTO: Me entere por medio de K., ya que me invito varias veces. 3.- DIGA USTED IDENTIFIQUE LAS PERSONAS QUE LA ACOMPAARON PARA EL MATINEE? CONTESTO: Fuimos con K., L. y mi persona. 4.- DIGA USTED, IDENTIFIQUE LAS PERSONAS QUE SE ENCONTRABAN EN EL MATINEE QUE YA CONOCIA? CONTESTO: Cuando yo llegue estaba J. los amigos de J. que estudian con J. y no los conozco, F., EL CATIRE, EL BEBE 5.- DIGA USTED, LAS CARACTERISTICAS FISONOMICAS DE F., EL CATIRE Y EL BEBE? CONTESTO: E. es alto moreno, cabello negro ese da tena un pantalón amarillo tipo Bermuda y una camisa verde, EL CATIRE, tena una bermuda de blue jeans, camisa blanca y zapato blanco y es blanquito pelo marrón, EL BEBE, es moreno claro ese da tena el uniforme del liceo azul y sin cabello. 6 DIGA USTED, DONDE PUEDEN SER UBICADOS E., EL CATIRE Y EL BEBE? CONTESTO: E. puede ser ubicado por la plaza de Chuparin y la iglesia y la casa es de color amarilla con las rejas rojas, EL CATIRE no s donde vive pero conozco la hermana de vista, EL BEBE no se sinceramente donde vive, pero su mama vive donde hicieron el matinée. 7 DIGA USTED, cual es la identificación de la persona que hizo el matinée? CONTESTO: Es la mama del Bebe, una casa de dos plantas, de color blanco con azul, arriba no la han construido bien y abajo esta normal. 8 DIGA USTED, identifique a la persona que le quito el bolso en el matinée y el motivo por la cual se lo quito CONTESTO: No s porque me lo quito y fue EL CATIRE. 9. DIGA USTED ACOSTUMBRA A ASISTIR A OS AMTINE? CONTESTO: Yo no, yo he ido dos veces, la segunda fue cuando le paso eso a K.. 10. DIGA USTED, LAS CARACTERISTICAS DEL BOLSO Y LO QUE CONTENIA EN SU INTERIOR? CONTESTO: Yo tena mis cuadernos y lápiz, era un morral azul de maya. 11. DIGA USTED, HABIA TENIDO ALGUN TIPO DE PROBLEMAS CON EL CIUDADANO LLAMADO EL CATIRE? CONTESTO: No, 12. DIGA USTED, CUANTO TIEMPO TRASNCURRIO DESDE QUE DEJO A SU AMIGA K. Y REGRESO A TOCAR LA PUERTA EN LA CASA DE E.? CONTESTO: Como 20 minutos aproximadamente. 13. DIGA USTED, QUE PERSONA ABRIO LA PUERTA CUANDO REGRESO A LA CADA DE E.? CONTESTO: No la abrieron, lo que escuche fue un grito, que decían ella no sale de aquí hasta que nos de lo que nosotros queremos. 14. DIGA USTED, LOS MOTIVOSD POR LA CUAL NO SOLICITO AYUDA DE ALGUNA PERSONA EN PARTICULAR? CONTESTO: La única persona que le dije fue AL GRINCO y me dijo ya va, primero voy hacer algo y después voy a ver. 15. DIGA USTED, EL GRINGO LLEGO A PRESTARLE AYUDA A K.? CONTESTO: No se. 16. DIGA USTED, TIENE CONOCIMIENTO DE QUIEN LE MANDO A QUITAR LA ROPA A K.? CONTESTO: El BEBE, porque yo lo vi en el cuarto y K. en ese m omento me llamo. 17. DIGA USTED, K. LLEGO A INFORMALE QUE LOS MUCHACHOS QUERIA ABUSAR SEXUALMENTE DE ELLA? CONTESTO: Ella nada mas me dijo que le mandaron a quitar la ropa. 18. DIGA USTED, QUE PENSO CUANDO K. LE DIJO QUE LE MANDARON A QUITAR LA ROPA? CONTESTO: Yo me imagino que fue para tener relaciones sexuales. 19. DIGA USTED, SI K. LE DIJO QUE LE MANDARON A QUITAR LA ROPA, PORQUE SE FUE Y LA DEJO SOLA? CONTSETO: Yo le dije para irnos y que ella dijera que le dolía e vientre y a mi la cabeza, yo me Sal pensando que vena detrás de m. 20. DIGA USTED, LOS MOTIVOS POR LA CUAL NO LE INFORMO A LA SEORA EVANGELICA QUE QUERIAN VIOLAR A K.? CONTESTO: No le dije se me paso. 21. DIGA USTED, LAS CARACTERISTICAS DEL CUARTO DONDE ESTABA K.? CONTESTO: Primer cuanto del lado izquierdo, como de dos metros y medio, una cama matrimonial, la sabana era creo que de color blanco con rojas, habían varios peluches, donde cuelgan la ropa y un espejo. 22. DIGA USTED, COMO SE ENCOENTRABA VESTIDA K.? CONTESTO: de uniforma del liceo de camisa azul, y le rompieron el pantalón en el cierre, porque K. me lo enseño y tena unas mancha blancas en la pierna derecha del pantalón. 23. DIGA USTED, K. Y SU PERSONA HAS TENIDO ALGUN TIPOS DE NOVIAZGO CON EL CATIRE, E., EL BEBE, FELIX Y J.? CONTESTO: Yo fui novia de E.. 24. DIGA USTED, QUE TIEMPO TIENE CONOCIENTO A EL CATIRE, E., F., EL BEBE Y JUAN? CONTESTO: Félix lo conoce el día del matinée, al catire lo conoce en la escuela hace 3 anos, a E. desde que tena 10 anos. 25. DIGA USTED, TIENE CONOCIMIENTO SI EL CATIRE, E., F., EL BEBE Y J. HAN ESTADO INVOLUCRADO EN ALGUN OTRO DE ABUSO SEXUAL? CONTESTO: Me contó C.E. alias EL CHINO, que violaron a O. y E. quienes estudian conmigo. 26. DIGA USTED, TIENE NOVIO O PAREJA ACTUALMENTE DE SER POSITIVO DONDE PUEDE SER LOCALIZADO? CONTESTO: Si se llama A.R., no s donde vive, soy novia de l desde ayer. 27. DIGA USTED, K. LE INFORMO QUIENES FUERON LAS PERSONAS QUE LA ABUSARON SEXUALEMNETE DE ELLA? CONTESTO: Si ella me dijo que fue EL BEBE quien utilizo condón y EL CATIRE que no uso condón. 28.- DIGA USTED DONDE PUEDE SER UBICADA LA CIUDADANA DE NOMBRE L. QUE MENCIONA EN SU NARRATIVA? CONTESTO: no lo se. DIGA USTED, desea agregar algo mas a su entrevista. CONTESTO. No, Es todo aunado a ello la magnitud del daño social causado y el establecimiento de la autoría, tratándose de un delito grave, con sanción de privación de libertad y peligro de fuga, es que solicitamos formalmente se libre Orden de Aprehensión. Solicitando la Representante de la Fiscalía 17º del Ministerio Público, ORDENE LA APREHENSION, en contra del adolescente antes mencionado ya que existen suficientes elementos de convicción para su procedencia, en vista de las actuaciones practicadas se evidencia la comisión de un hecho punible que constituye el delito de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.E.V.M.. Alegan los fiscales que de las actuaciones practicadas se evidencia la comisión de un hecho punible que constituye el delito de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.E.V.M., presuntamente perpetrado por el adolescente L.E.S.D. En el mencionado hecho; Señalando la Representación Fiscal, que estamos ante un hecho el cual reviste carácter penal no encontrándose prescrito por ser de reciente comisión con fundados elementos que comprometen la participación activa del adolescente L.E.S.D., aunado a ello la magnitud del daño social causado y el establecimiento de la coautoría, tratándose de un delito grave, con sanción de privación de libertad y peligro de fuga. Fundamentan su solicitud de conformidad con los articulo 26 y 44 ordinal 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el articulo 236 y 237 ordinales 1º, 2º, 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en concordancia con el articulo 537 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes estando llenos los extremos de dicha norma, como son fundados elementos de convicción que comprometen la responsabilidad penal del adolescentes en la comisión del hecho, el establecimiento de la autoría, tratándose de un delito grave, con sanción de privación de libertad, y peligro de fuga, es que solicito formalmente se libre Orden de Aprehensión . Analizadas las actuaciones anteriores así como el petitorio Fiscal, cabe señalar lo siguiente: El articulo 44 Numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela dispone: “La libertad personal es inviolable, en consecuencia ninguna persona puede se llamada o detenida, sino en virtud de una orden judicial, a menos de que sea sorprendida in fraganti”. El articulo 37 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, prevé: “Todo los niños y adolescente tienen derecho a la libertad personal, sin mas limites que los establecidos en la Ley. No pueden ser privados de ella ilegal o arbitrariamente”.El articulo 551 de la citada Ley, establece: “La investigación tiene por objeto confirmar y destacar la sospecha fundada de la existencia de un hecho punible y determinar, en el primer caso, si un adolescente concurrió en su perpetración”. En este orden de ideas, el articulo 559 Ejusdem dispone: “identificado los adolescentes el Ministerio publico podrá solicitar su detención para asegurar su comparecencia a la audiencia preliminar. A tal efecto, lo conducirá ante el Juez de Control dentro de las veinticuatro horas siguientes a su ubicación y aprehensión…” Ahora bien, del análisis de las actuaciones antes descritas, se desprende que estamos presencia de un hecho punible de acción pública, como es el delito de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.); existiendo peligro de fuga, y la fundada sospecha que el adolescente L.E.S.D., es coautor del hecho, En el caso de marras, revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, y con fundamento en lo antes expresado, considera quien aquí decide, que están llenos los extremos para dictar la orden de aprehensión, es por ello, que quien aquí decide considera que es procedente y ajustado a derecho declarar con lugar el petitorio de la Fiscal especializada, pues reúne las exigencias legales para decretar la detención preventiva, por cuanto la orden es una consecuencia de esa decisión judicial aún cuando ello no es absoluto, pues puede surgir una circunstancia que aleguen en la audiencia oral y privada que amerite el otorgamiento de una medida cautelar menos gravosa, aunque esto no lo establezca el articulo 236 del citado texto adjetivo penal, de manera que aprehendidos los imputados de marras deberán ser puestos a la orden de este Tribunal dentro las veinticuatro horas establecidas en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente para oírlos y decidir sobre la medida de detención preventiva solicitada por la Fiscal, en consecuencia llenos los extremos del artículo 236, 237 Y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y de los adolescentes, es por lo que considera este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, procedente DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del adolescente L.E.S.D., Solicitada por la Representante del Ministerio Público y para ello se comisiona suficientemente para ello al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona, Estado Anzoátegui, quienes deberán ponerlos inmediatamente después de su aprehensión, a la orden de este Tribunal de Control dentro de las veinticuatro horas siguientes a su aprehensión. Y así se decide. Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 01Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARÓ CON LUGAR el petitorio del Representante de la Fiscalía Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; y en consecuencia ORDENÓ la APREHENSION del adolescente E.S.D.; por la presunta comisión del Delito de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M..
SEGUNDO: De las actuaciones antes explanadas se desprende que el ciudadano L.E.S.D., fue puesto a la orden y disposición de este Tribunal , en virtud de la orden emanada por este Juzgado, en fecha 22 de Diciembre del año 2016, al estar presuntamente relacionado con el hecho punible cuya perpetración se le imputa; Por lo que se decreta aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: De la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto, se evidencia que existen elementos de convicción que acreditan la existencia del delito de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.), así como elementos que acreditan la posible participación del Adolescente L.E.S.D.; por la presunta comisión del Delito de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.); ameritan Privación de Libertad, por la magnitud del delito, y como sanción definitiva, por lo cual existe el peligro de fuga. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RATIFICAR la ORDEN DE APREHENSIÓN LIBRADA y DECRETA LA MEDIDA DE DETENCION JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, establecida en el articulo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, solicitada por el Ministerio Público, al ciudadano adolescente sobre sus datos personales, manifestando el mismo ser y llamarse L.E.S.D., (SE OMITEN DATOS FILIATORIOS), por la presunta comisión de los delitos de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.); existiendo peligro de fuga, y la fundada sospecha que el adolescente E.S.D.; Se declaró Con Lugar el petitorio Fiscal, de imponer la medida de Detención Judicial, debiendo permanecer recluido en el Centro de Atención Varones Nº 01 Profesor Antonio Díaz Barcelona Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal de Control Nº 01 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; y se declaró Sin Lugar la Solicitud realizada por la Defensa, de aplicar a su representado la Medida de Presentación Periódica, prevista en el artículo 582 literal c de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por considerar como ya se ha indicado que existen elementos que existen elementos de convicción que acreditan la comisión de los delitos de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.); existiendo peligro de fuga, y la fundada sospecha que el adolescente L.E.S.D., cuya comisión se le atribuye presuntamente al adolescente antes mencionado, así como elementos que acreditan su participación; estando, a criterio de quien aquí decide, cumplidos los extremos de ley, a los fines de imponer la medida de Detención Preventiva Privativa Judicial de Libertad al adolescente; L.E.S.D., plenamente identificado en actas; Así mismo este Tribunal considera que ha cesado cualquier violación de derechos, que se pudiere haber cometido en perjuicio del ciudadano mencionado ut-supra, con la presentación del mismo ante este Juzgado.
CUARTO: Se ordenó la aplicación del Procedimiento Ordinario solicitado por la Fiscal del Ministerio Público, ya que es a ésta Funcionaria a quien le corresponde la investigación de los hechos punibles en los cuales pudiese haber participado algún adolescente, ello de conformidad con los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal y 629 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. … Y ASÍ DECIDE.
DISPOSITIVA
Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal de Primera Instancia de Control Nº 01 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESOLVIÓ lo siguiente: Se ratifica la aprehensión en contra de un L.E.S.D. y hace una exposición de los hechos que se le imputan al prenombrado Adolescente, precalificando los mismos como con figurativos del delito de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.). De las actuaciones antes explanadas se desprende que el ciudadano L.E.S.D., al estar presuntamente relacionado con el hecho punible cuya perpetración se le imputa; Por lo que se decreta aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. De la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto, se evidencia que existen elementos de convicción que acreditan la existencia de los delitos de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.);,.Por cuanto según las actuaciones que conforman el presente asunto, y los hechos objeto del presente proceso que se le atribuyen al adolescente L.E.S.D., delito este que amerita Privación de Libertad; En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RATIFICÓ la ORDEN DE APREHENSIÓN LIBRADA y DECRETÓ LA MEDIDA DE DETENCION JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, establecida en el articulo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, solicitada por el Ministerio Público, al ciudadano L.E.S.D. y hace una exposición de los hechos que se le imputan al prenombrado Adolescente, precalificando los mismos como con figurativos de los delitos de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.). Se declaró Con Lugar el petitorio Fiscal, de la medida de Detención Judicial, debiendo permanecer recluido el joven adulto en el Centro Penitenciario José Antonio Anzoátegui, ubicado en Barcelona, Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal de Control Nº 01 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; y se declaró Sin Lugar la Solicitud realizada por la Defensa, de que se le imponga a su defendido una medida como la establecida en el articulo 582 literal “C” de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes; por considerar como ya se ha indicado que existen elementos que acreditan la comisión de los delitos de VIOLACION EN GRADO DE CAUTORES, previsto en el articulo 374 en concordancia con el articulo 83 del código penal, en perjuicio del Ciudadano K.R.V.M.);,. cuya comisión se le atribuye presuntamente al adolescente antes mencionado, así como elementos que acreditan su participación; estando, a criterio de quien aquí decide, cumplidos los extremos a los fines de imponer medida de Detención Preventiva al adolescente; L.E.S.D., plenamente identificado en actas; Así mismo este Tribunal considera que ha cesado cualquier violación de derechos, que se pudiere haber cometido en perjuicio del ciudadano mencionado ut-supra, con la presentación del mismo ante este Juzgado. Se ordena la aplicación del Procedimiento Ordinario solicitado por la Fiscal del Ministerio Público, ya que es a ésta Funcionaria a quien le corresponde la investigación de los hechos punibles en los cuales pudiese haber participado algún adolescente, ello de conformidad con los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal y 629 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01, SECCIÓN ADOLESCENTES
DRA. INDIRA ORTIZ VEGAS,
LA SECRETARIA DE GUARDIA
ABG. ORIANA SUAREZ