Visto el Desistimiento, de fecha veintidós (22) de Febrero de 2017, suscrito por Abogada CECILIA VILLARROEL CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.631, con el carácter acreditado en autos, mediante el cual expone: “……desisto del presente procedimiento, y solicito muy respetuosamente a este Tribunal, acuerde el desglose de los documentos originales que cursan en autos…” En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones suscrita por la solicitante, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de Cosa Juzgada. Se acuerda la devolución de los originales cursante a los autos, dejando en su lugar copias certificadas. Así se decide.
LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. HAIDEE ROMERO FLORES(FDO)
LA SECRETARIA,

ABG. ROSLEY BARRIOS FLORES.(FDO)