REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los
Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo
y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Guanta, 16 de Febrero de 2017
206º y 157º
ASUNTO: BP02-S-2017-000160
Por cuanto de la revisión de la presente Solicitud de Divorcio 185-A, presentada por los Ciudadanos CAROLINA DRAEGERT DE ORSO y GERARDO ORSO MARIN, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cedula de Identidad Nros. V- 13.935.563 V- 8.278.137, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio JOSEFA CEDEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.340, la cual fue recibida 06 de Febrero de 2017 de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D), con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, éste Tribunal Observa; que en el escrito libelar los solicitantes señalan como ultimo domicilio Conyugal en la Avenida Principal de Valle Guanape, casa s/n, Municipio Francisco del Carmen Carvajal, del Estado Anzoátegui; por lo que considera este Juzgador que no es competente para conocer de la presente solicitud, en tal sentido, se declara INCOMPETENTE en razón del Territorio y a tal efecto declina su conocimiento, al Tribunal Distribuidor de Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Así se decide. Remítase bajo Oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE

Abog ROSMIL MILANO


LA SECRETAIA

Abog. ROITZA COVA RICARDY
Seguidamente y en esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente Auto, remitiéndose bajo oficio Nº 3780 - -17. Conste,


LA SECRETARIA,

RM/atm