REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, diez de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-N-2012-000709
Vista la diligencia suscrita por la Abogada Briseida Carolina Maita, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 162.664, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Denis Rafernad Gámez Rodríguez, mediante la cual solicita se ordene la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de Junio de 2015, en virtud de que la parte demandada no ha cumplido con lo ordenado en la misma, este Juzgado decreta la ejecución forzosa. En consecuencia ordena comisionar suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas, a quien por distribución le corresponda, a los fines de que practique la ejecución forzosa de dicha sentencia. Así mismo, se ordena la notificación al Registro Publico del Municipio Simon Bolívar del Estado Anzoátegui con el fin de notificarle que se decreto la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Juzgado Superior, A tales efectos, remítasele anexo copia certificada de la decisión y del presente auto. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza,
La Secretaria;
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abg. Marieugelys Garcia Capella.
M.R/
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