REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno (31) de julio de dos mil diecisiete (2017)
207° y 158°
Acta de Audiencia de Inicio (Desistimiento)
ASUNTO: BP02-L-2017-000168
DEMANDANTE: El ciudadano JESÚS ALBERTO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.374.505
ABOGADA APODERADA DEL ACTOR: La abogada en ejercicio BRISEIDA CAROLINA MAITA CANELÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 162.664
DEMANDADAS: PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A.
ABOGADO APODERADO DE LA DEMANDADA: El abogado también en ejercicio GUSTAVO PATIÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 129.089
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD Y ACCIDENTE LABORAL.
Hoy, treinta y uno (31) de julio de dos mil diecisiete (2017), siendo el día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD Y ACCIDENTE LABORAL; se deja expresa constancia de que la parte actora no comparece a la realización de la Audiencia Preliminar, solo hace acto de presencia la demandada PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., en la persona de su representante judicial el abogado en ejercicio GUSTAVO PATIÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 129.089. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 158° y 207°.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Hilda Moreno Morales.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:16 a.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Hilda Moreno Morales.
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