REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, diez de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-S-2017-000531
SENTENCIA
PARTE SOLICTANTE: MARITZA DEL VALLE LOZADA BETANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.222.751, de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE: LISETTE MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 248.424.-
En fecha veintiocho (28) de Marzo de dos mil diecisiete (2.017), se recibió la presente solicitud, presentada por la ciudadana MARITZA DEL VALLE LOZADA BETANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.222.751, de este domicilio, asistida por la Abogada LISETTE MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 248.424.-, Mediante la cual solicita la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO que se encuentra asentada bajo el Nº 87 de los Libros de Nacimiento que llevó el Registro Civil del Municipio Bergantín del Estado Anzoátegui, del año mil novecientos sesenta y tres (1.963), en virtud de que en dicha acta se omitió colocar el día, mes y año de nacimiento de la solicitante,.-
El Tribunal, a los fines de pronunciarse en relación a la presente solicitud, observa de la revisión efectuada a los recaudos consignados, junto al escrito de solicitud, que el error denunciado, consiste en que al momento de transcribir el acta se omitió colocar el día, mes y año de nacimiento de la solicitante, por ante el Registro Civil del Municipio Bergantín del Estado Anzoátegui, lo cual se puede evidenciar en el acta de nacimiento, Nº 87, de fecha veinticuatro (24) de Marzo de mil novecientos sesenta y tres (1.963),, de la Ciudadana MARITZA DEL VALLE LOZADA BETANCO, inserta al folio tres (03), del expediente.
Probado como ha sido lo alegado, lo cual no amerita la tramitación de un juicio ordinario de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al Registro Civil del Municipio Bergantín del Estado Anzoátegui y al Registro Principal del Estado Anzoátegui, INSERTAR la presente Sentencia en los Libros de Nacimiento, llevados por esos despachos, durante el año 1.963, colocando la nota marginal correspondiente en la partida de Nacimiento de la ciudadana MARITZA DEL VALLE LOZADA BETANCO, colocando la fecha de nacimiento , y así se decide.-
Expídanse por secretaria las copias certificadas correspondientes, a los fines de que sean remitidas junto con el oficio al Registro Civil del Municipio Bergantín del Estado Anzoátegui, y al Registro Principal del Estado Anzoátegui, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 502 del Código Civil.-
Déjese copia de la presente decisión conforme a lo dispuesto en el artículo 248 ejusdem.-
Regístrese y Publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, diez (10) días del mes de Julio del año dos mil diecisiete (2.017).- Años: 206° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abg. José Jesús Ramírez García.
El Secretario;
Abg. Oswaldo Fernández.-
En esta misma fecha siendo las once y cuarenta y cinco (11:45) de la mañana, se dictó y publicó la anterior sentencia.- Conste.-
El Secretario;
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