REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, once de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º
Asunto: BP02-V-2007-000558
SENTENCIA
Por cuanto del estudio de las Actas procesales contenidas en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, suscrita por la ciudadana DORAS BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.872.922 y de este domicilio, asistida por la Abg. DAMELYS DIAZ VELASQUEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 53.474, contra el ciudadano CARLOS PEREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.969.952 y de este domicilio, se evidencia que se admitió la demanda y se ordeno la citación de la demandada. El hecho es que la patre actora no realizo ninguna diligencia tendente a lograr la citación ordenada.- En razón a ello y por la inactividad o por falta de impulso procesal por parte de la actora, es por lo que se evidencia la falta de interés en el presente procedimiento de acuerdo a las formalidades legales.- En base a ello es por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LAPERENCION de la instancia de conformidad con lo establecido en el articulo 267 ordinal Primero del Código de Procedimiento Civil.- Es todo.
EL JUEZ,
ABG. JOSÉ JESÚS RAMÍREZ GARCIA.-
EL SECRETARIO,
ABG. OSWALDO JOSE FERNANDEZ SIERRA.-
En esta misma fecha, siendo las once y treinta y cinco a.m., se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste
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