REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, siete de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BH0C-X-2017-000034
MOTIVO: MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO
Sentencia Interlocutoria.
ASUNTO: EJECUCION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: DANNELYS MARIA SALAZAR HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.249.127.
ABOGADA ASISTENTE: Fiscal Décimo Primera del Ministerio Publico Abg. EGRIS LIRA ZAMBRANO.
DEMANDADO: ROBERT ANTONIO ROSILLO VIDAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.711.813.
NIÑO: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

Vista la anterior diligencia presentada en fecha 27-06-2017 por la Fiscal Décima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. EGRIS LIRA ZAMBRANO, y el contenido de la misma, en el presente procedimiento de EJECUCION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, y los recaudos que la acompañan, presentada por la Ciudadana Fiscal Décimo Primera del Ministerio Publico Abg. EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento de la ciudadana DANNELYS MARIA SALAZAR HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.249.127, a favor del niño: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en contra del Ciudadano ROBERT ANTONIO ROSILLO VIDAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.711.813; en consecuencia se dicta la presente Sentencia Interlocutoria y se abre el presente Cuaderno de Medidas, el cual formará parte del Expediente Nº BP02-V-2015-0001571; en consecuencia éste Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 465 Y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niñas, Niñas y Adolescentes en concordancia con los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil: DECRETA DE MANERA PROVISIONAL LA SIGUIENTE MEDIDA: EMBARGO EJECUTIVO sobre las Prestaciones Sociales del ciudadano ROBERT ANTONIO ROSILLO VIDAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.711.813, por la cantidad de SESENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON 66/100 (Bs. 60.953,66). Igualmente, se insta a la parte demandada en el presente procedimiento ciudadano ROBERT ANTONIO ROSILLO VIDAL, a ABSTENERSE de realizar vías de hechos que de manera directa e indirectamente puedan afectar los derechos del niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , actualmente, que pueda verse afectados en la presente causa. Líbrese oficio al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, Ejercito Bolivariano, Dirección de Personal del Ejército Bolivariano, a los fines de participarle la presente decisión. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, a los siete (07) días del mes de Julio del año 2017. Año 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO.

Abg. SULEIMA PEREZ GARCIA.
LA SECRETARIA

ABG. ZOBEIDA GUAREGUA


En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia.-

LA SECRETARIA

ABG. ZOBEIDA GUAREGUA


SPG/José C.-