REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintiocho de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-N-2017-000089
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano ALCALDE DEL MUNICIPIO PIRITU DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano SIMON ALBERTO ROJAS RAMIREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.340.006 y de este domicilio, asistido por el Abogado Alexander Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 201.462, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta, Asimismo, se ordena solicitar a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo consigne en el lapso de la contestación de la demanda. Igualmente se ordena notificarle de dicha admisión al ciudadano Sindico Procurador Municipal del referido Municipio. Compúlsese por Secretaría copia certificada de la demanda y sus anexos, a los fines del emplazamiento y notificación respectiva.
La Juez,
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spòsito
Abog. Mariugelys García Capella.
S.V.
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