REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, nueve de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BP02-N-2017-000026

Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados como han sido todos los recaudos consignados, este Juzgado Superior ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar a la ciudadana Decana de la Universidad de Oriente (UDO), Núcleo Anzoátegui, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por los Abogados Gayd Maza Delgado y Plutarco Elías Marulanda Cruz, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.324 y 118.856, respectivamente, actuando con los caracteres de apoderados judiciales del ciudadano Jairo Mantilla Chaparro, titular de la cédula de identidad Nº 20.825.146, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación y notificaciones ordenadas, solicitando a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento. Asimismo, se ordena practicar las notificaciones de la Rectora de la Universidad de Oriente, y del Procurador General de la República. Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda de sus anexos y del Auto de admisión, a los fines del emplazamiento y las notificaciones respectivas. Líbrese lo conducente.
La Juez,
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abog. Marieugelys García Capella.
A.A.