REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, uno de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-V-2017-000368
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: Colocación Familiar en Entidad de Atención.-
ABOGADOS: ABOG. VERONICA TABARE, NATHALY LEON, YUSMARY MARTINEZ y TSU JESUS DIAZ, en su carácter de consejeros de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui.-
NIÑOS: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
PADRES: NELLY DEL VALLE MORILLO (Indocumentada), y RONALD ANTONIO LOPEZ (en su carácter de padre biológico), Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-21.081.318.-
FECHA DE ENTRADA: 15/03/2017
Vista la Diligencia de fecha 05-05-2017, suscrita por la ciudadana JORDANYS DEL VALLE LOPEZ PEREZ, plenamente identificada en autos, mediante la cual solicita permiso para AUTORIZAR suficientemente a la ciudadana JORDANYS DEL VALLE LOPEZ PEREZ, (tia paterna de los niños)venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.763.200, para que pueda visitar a los niños Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en el horario de visitas establecido por el Programa de la Casa de Abrigo Negra Hipólita II. En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, tomando en cuenta el Interés Superior contenido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, principio de interpretación y obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a Niños y Adolescentes y en Uso de sus Atribuciones Legales y por autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la ciudadana JORDANYS DEL VALLE LOPEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.763.200, para que pueda visitar a los niños Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) .-, en el horario de visitas establecido por el Programa de la Casa de Abrigo Negra Hipólita II. Por lo que se ordena librar oficio a la Casa De Abrigo Negra Hipólita II, a los fines de participar la presente decisión y que se sirva hacer un seguimiento de la misma. Ofíciese lo conducente. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. AMERICA FERMIN
LA SECRETARIA
Abg. ROSSMARY LOPEZ
AF/José C.-