SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui.
Barcelona, seis de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-S-2017-000837
PARTE SOLICITANTE Ciudadana ANA LIBRADA JIMENEZ DE SERRANO, venezolana, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. V- 1.192.247, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos JOSE ANTONIO SERRANO JIMENEZ, NILO RAFAEL SERRANO JIMENEZ, JOSE DE JESUS SERRANO JIMENEZ, GEISHA JOSEFINA SERRANO JIMENEZ, JOSE GREGORIO SERRANO JIMENEZ-difunto-, FREDDY JOSE SERRANO JIMENEZ y LILIANA DEL VALLE SERRANO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 8. 210.140, 8.219.535, 8.236.154, 8.249.517, 8.267.368, 8.274.129 y 8. 267. 369, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE JUAN LUIS JIMENEZ PADILLA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 187. 704.
MOTIVO SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
MATERIA CIVIL- FAMILIA.
Con fundamento en la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal.
A fin de emitir pronunciamiento sobre lo peticionado este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
I
Mediante escrito de fecha 16 de mayo de 2017, la ciudadana ANA LIBRADA JIMENEZ DE SERRANO, venezolana, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. V- 1.192.247, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos JOSE ANTONIO SERRANO JIMENEZ, NILO RAFAEL SERRANO JIMENEZ, JOSE DE JESUS SERRANO JIMENEZ, GEISHA JOSEFINA SERRANO JIMENEZ, JOSE GREGORIO SERRANO JIMENEZ-difunto-, FREDDY JOSE SERRANO JIMENEZ y LILIANA DEL VALLE SERRANO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 8. 210.140, 8.219.535, 8.236.154, 8.249.517, 8.267.368, 8.274.129 y 8. 267. 369, respectivamente, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN LUIS JIMENEZ PADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 187. 704, solicito que previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentara, los declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara JOSE DE JESUS SERRANO TOVAR, quien en vida era de nacionalidad venezolana, de profesión docente, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad Nro. 482.862, fallecida ab-intestato fecha 03 de octubre de 2016, en la ciudad de Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja, del estado Anzoátegui.
Al escrito en referencia el precedentemente mencionado ciudadano, acompaño la siguiente documentación:
• Copias fotostáticas de las cedulas de identidad de los solicitantes.
• Copia certificada del Acta de Defunción, asentada bajo el Nro. 253. folio 253, Tomo II, Año 2916 de fecha 04 de octubre de 2016, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el Acta, asentó que JOSE DE JESUS SERRANO TOVAR , quien en vida era venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. 482. 862, de estado civil casado, falleció en fecha 03 de octubre de 2016, en el Centro Medico Meditotal, Sector Las Garzas, Lechería, Municipio Urbaneja, estado Anzoátegui. Su conyuge ANA LIBRADA JIMENEZ DE SERRANO, cedula 1. 192. 247 . Tuvo siete hijos JOSE GREGORIO SERRANO JIMENEZ (fallecido), JOSE ANTONIO SERRANO JIMENZ, NILO RAFAEL SERRANO JIMENEZ, JOSE DE JESUS SERRANO JIMENEZ, GEISHA JOSEFINA SERRANO JIMENEZ, FREDDY JOSE SERRANO JIMENEZ, LILIANA DEL VALLE SERRANO DE FIGUEROA, mayores de edad.
• COPIA CERTIFICADA, del acta de matrimonio celebrado en fecha 19 de agosto de 1960, celebrado entre los ciudadanos JOSE DE JESUS SERRANO TOVAR y ANA LIBRADA JIMENEZ PADILLA.
• Copias certificadas de las actas de nacimientos correspondientes a JOSE ANTONIO, NILO RAFAEL, JOSE DE JESUS GEISHA JOSEFINA, JOSE GREGORIO, FREDDY JOSE, LILIANA DEL VALLE
• CERTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, de quien en vida se llamara JOSE GREGORIO SERRANO JIMENEZ, portador de la cedula de identidad Nro. 8.267.362, en la que el Funcionario encargado de asentar el acta, inscrito que falleció en fecha 14 de mayo de 2013. Sus padres. ANA LIBRADA JIMENES DE SERRANO y JOSE DE JESUS SERRANO TOVAR
Este Tribunal le otorga valor probatorio a la documentación antes reseñada, de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 del Código Civil, en armonía con el artículo 429 del Código de procedimiento Civil.
II
Mediante auto de fecha 23 de mayo de 2017, este Tribunal admite la solicitud en comento y acuerda tomarles declaración a los testigos que presente la parte interesada.
En fecha 30 de mayo de 2017, rindieron declaraciones bajo juramento, ante este Tribunal, los ciudadanos: YUDITH DEL CARMEN CASTELLANOS y ODALIS DEL VALLE MAITA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.688.358 y 15.515.136, respectivamente, quienes bajo juramento declararon, que conocen de vista, trato y comunicación desde hace años a los ciudadanos ANA LIBRADA JIMENEZ DE SERRANO, JOSE ANTONIO SERRANO JIMENEZ, NILO RAFAEL SERRANO JIMENEZ, JOSE DE JESUS SERRANO JIMENEZ, GEISHA JOSEFINA SERRANO JIMENEZ, JOSE GREGORIO SERRANO JIMENEZ-difunto-, FREDDY JOSE SERRANO JIMENEZ y LILIANA DEL VALLE SERRANO. Que igualmente conocieron a quien en vida se llamara JOSE DE JESUS SERRANO TOVAR, quien en vida era el esposo de ANA LIBRADA JIMÉNEZ DE SERRANO y padre de JOSE ANTONIO SERRANO JIMENEZ, NILO RAFAEL SERRANO JIMENEZ, JOSE DE JESUS SERRANO JIMENEZ, GEISHA JOSEFINA SERRANO JIMENEZ, JOSE GREGORIO SERRANO JIMENEZ-difunto-, FREDDY JOSE SERRANO JIMENEZ y LILIANA DEL VALLE SERRANO. Que les consta que los únicos y universales herederos de José de Jesús Serrano Tovar son su cónyuge e hijos, antes mencionados
III
Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos precedentemente mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos: ANA LIBRADA JIMENEZ DE SERRANO, venezolana, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. V- 1.192.247, JOSE ANTONIO SERRANO JIMENEZ, NILO RAFAEL SERRANO JIMENEZ, JOSE DE JESUS SERRANO JIMENEZ, GEISHA JOSEFINA SERRANO JIMENEZ, FREDDY JOSE SERRANO JIMENEZ y LILIANA DEL VALLE SERRANO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 8. 210.140, 8.219.535, 8.236.154, 8.249.517, 8.274.129 y 8. 267. 369, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara JOSE DE JESUS SERRANO TOVAR, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. 482. 862, de estado civil casado, fallecido ab-intestato en fecha 03 de octubre de 2016, en el Centro Medico Meditotal, Sector Las Garzas, Lechería, Municipio Urbaneja, estado Anzoátegui. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de la presente decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los seis (06) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017) Años 207° de la Independencia y 158º de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez.
La Secretaria Temp.,
Abog. Carmen Sofía Hernández
En la misma fecha 06/06/2017, siendo las 11:36:16 a.m., se dicto y publico la sentencia anterior. Conste. La Secretaria Temp.,
Abog. Carmen Sofía Hernández
|