REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, dieciséis de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: BP02-N-2017-000033
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar a la ciudadana Fiscal General de la República, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el Abogado Reimundo Mejías La rosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.029, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Luís Javier Hernández Gonzáles, titular de la cédula de identidad Nº 19.840.916, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación y notificaciones ordenadas. Asimismo, se ordena practicar las notificaciones de los ciudadanos Fiscal Superior del Estado Anzoátegui, Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores Justicia y Paz y Procurador General de la República, solicitando a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe a este Tribunal. Asimismo, en atención a lo peticionado en el escrito libelar, se acuerda comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que sean practicadas las notificaciones de los ciudadanos Fiscal General de la República, Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores Justicia y Paz y Procurador General de la República. Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda de sus anexos y del Auto de admisión, a los fines del emplazamiento y las notificaciones respectivas. Líbrese lo conducente.
La Juez,
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abog. Marieugelys García Capella.
A.A.
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