REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: BP02-L-2016-000144
PARTE DEMANDANTE: LISBETH JOSEFINA ARMAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad numero 8.294.690.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EDWIN SANCHEZ CAVANERIO, DARWIN MARTINEZ SALANDY Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 64399 y 63.862 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SUPERMERCADOS UNICASA C.A, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital el Estado Miranda, bajo el numero 62, tomo 138-A-Sgdo, de fecha 04-11-1982, siendo modificados dichos estatutos en fecha 19-05-1005, bajo el numero 51, tomo 90-A-Sgdo.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: FINABERTG MENDEZ GARELLI, RAFAEL ANGEL GONZLAEZ ESPINOZA, DANIEL ALEJANDRO LOPEZ, ALEX FERNANDO ENRIQUE CADENA y LUISA ESTABA DE MARIN, Abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 116112, 36.371, 118.540, 110480 y 116.016 respectivamente.
ASUNTO: COBRO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ENFERMESAS OCUPACIONAL
En horas de despacho del día de hoy, Trece (13) de marzo del dos diecisiete (2017), siendo las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (08:45 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia de juicio en la causa seguida por la ciudadana LISBETH JOSEFINA ARMAS en contra de la empresa SUPERMERCADOS UNICASA C.A, plenamente identificadas. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, presidido por la Juez MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria ARGELIS RODRIGUEZ y el alguacil CARLOS ROSAL, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes, seguidamente la Secretaria dio cuenta a la ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia y deja constancia de la no presencia de la parte actora ciudadana LISBETH JOSEFINA ARMAS ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia de la presencia de la demandada a través de su apoderado judicial LUISA ESTABA DE MARIN quien procedió a presentar original y copia del poder que le fuera otorgado a los fines de que se procediera a su certificación por secretaria, lo cual se hizo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 21 numeral 3 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo. Así la cosas este tribunal de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO incoado por la ciudadana LISBETH JOSEFINA ARMAS quedando a salvo el derecho de esta a incoar nuevamente la presente acción conforme al criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por una cámara de video manipulada por el técnico audiovisual JESUS GUEVARA, titular de la cedula de identidad numero 11.904.682, identificada con el serial DV DCR-HC28, numero 702696. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 09:00 A.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
MARÍA AUXILIADORA CHÁVEZ.
LA APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.,
LA SECRETARIA.,
ARGELIS RODRIGUEZ.
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