REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintinueve de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º

ASUNTO: BP02-J-2017-000442
SENTENCIA DEFINITIVA.
MOTIVO: AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE O VISA DE LA COMUNIDAD EUROPEA
SOLICITANTE GIOVANNA TRENTO CONTRERAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.936.027 y de este domicilio.
REPRESENTACION FISCAL Fiscalía Décima Tercera Del Ministerio Publico, Abg. LORYANA DECENA,

NIÑA NIÑO Y/O ADOLESCENTE: el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

DERECHO PROTEGIDO: DERECHO A LA IDENTIDAD.

Vista la solicitud de Jurisdicción voluntaria de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE O VISA DE LA COMUNIDAD EUROPEA, presentada por la Fiscal Décima Tercera Del Ministerio Publico, Abg. LORYANA DECENA, a requerimiento de la Ciudadana GIOVANNA TRENTO CONTRERAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.936.027, donde se encuentra involucrado su hijo el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil .Se constituye el despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, con la anuencia de esta Juzgadora Abg. AMERICA FERMIN junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la revisión de las documentales y la evacuación de las pruebas, esta Juzgadora Abg. AMERICA FERMÍN, Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, y el derecho a obtener documentos públicos de identidad, (artículo 22), en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud de Jurisdicción voluntaria de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE O VISA DE LA COMUNIDAD EUROPEA, presentada por la Fiscal Décima Tercera Del Ministerio Publico, Abg. LORYANA DECENA, a requerimiento de la Ciudadana GIOVANNA TRENTO CONTRERAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.936.027, donde se encuentra involucrado su hijo, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) .SEGUNDO: SE AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana GIOVANNA TRENTO CONTRERAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.936.027 y de este domicilio, a los fines de que realice los tramites pertinentes para TRAMITAR PASAPORTE O VISA DE LA COMUNIDAD EUROPEA, a favor de su hijo, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , por ante la sede de la EMBAJADA DE ITALIA. Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada, a los fines Legales consiguientes. Así mismo, se ordena la devolución de los documentos originales consignados en el escrito de la solicitud, dejándose copia en su lugar previa confrontación por Secretaria. ASI SE DECIDE, se leyó y estando conformes firman.- Cúmplase.
Regístrese y publíquese
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona. Barcelona, a los Veintinueve (29) día del mes de Marzo de 2017. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. AMERICA FERMIN.



LA SECRETARIA

ABOG. ROSSMARY LOPEZ