REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, dieciséis de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: BP02-V-2008-000429
Sentencia Interlocutoria
ABOGADOS: NAILETT BARROSO, LUIS GERARDO ROSAS y JOSE MANUEL SANCHEZ, EN SU CARÁCTER DE CONSEJEROS DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
ADOLESCENTE: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
MOTIVO: COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION.
FECHA DE ENTRADA: 05/03/2008
Por recibido oficio Nro. CDB-806-17, emanado de la Asociación Civil Red de Casas Don Bosco, Puerto la Cruz, mediante la cual solicita permiso para AUTORIZAR suficientemente al adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que viaje por tierra en compañía de los ciudadanos CESAR OLIVEROS asistente de fin de semana y CARLOS BRITO Coordinador de apoyo de la ciudad de los Teques a la casa de encuentros “Santa María Mazzarello”. Carretera Lagunetica. El Guamito. Nº 5 los Teques 1201. Estado Miranda. Teléfono: (0212)-3221842 o (0212)-6143052. En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, tomando en cuenta el Interés Superior contenido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, principio de interpretación y obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a Niños y Adolescentes y en Uso de sus Atribuciones Legales y por autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, al adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que viaje por tierra en compañía de los ciudadanos CESAR OLIVEROS asistente de fin de semana y CARLOS BRITO Coordinador de apoyo de la ciudad de los Teques a la casa de encuentros “Santa María Mazzarello”. Carretera Lagunetica. El Guamito. Nº 5 los Teques 1201. Estado Miranda. Teléfono: (0212)-3221842 o (0212)-6143052, desde el 24 Marzo con regreso el día 26 de Marzo de 2017, para asistir al retiro de Adolescentes de la Red Casas Don Bosco. Por lo que se ordena librar oficio al Director de la Entidad de Atención Casa Don Bosco, ubicada en la ciudad de Puerto La Cruz Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de participar la presente decisión y que se sirva hacer un seguimiento de la misma. Ofíciese lo conducente. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR
EL SECRETARIO ACC
Abg. JESUS MAITA
FMA/Judimar Salazar.-
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