REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, diez de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-R-2017-000008
RECURRENTES: EMMA IVETH MARCANO LOPEZ, ADRIAN CAROLINA MARCANO LOPEZ, ROSSANA DEL VALLE MARCANO LOPEZ y ANDREINA DEL VALLE MARCANO LOPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.909.598, 17.733.146, 13.169.632 y 13.690.556 respectivamente.
RECURRIDO: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
MOTIVO: Recurso de Apelación (Acción Reivindicatoria).
Vista la diligencia suscrita en fecha Dieciocho (18) de abril de 2017, por la abogado Margoth de los Reyes Calderon Araguainamo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.165, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora, ciudadanas EMMA IVETH MARCANO LOPEZ, ADRIAN CAROLINA MARCANO LOPEZ, ROSSANA DEL VALLE MARCANO LOPEZ y ANDREINA DEL VALLE MARCANO LOPEZ, plenamente identificadas, en la cual desiste del Recurso de Apelación, formulado contra la sentencia dictada en fecha 01 de Diciembre de 2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y por cuanto dicho desistimiento no es contrario a derecho, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: HOMOLOGA el desistimiento del Recurso de Apelación, otorgándosele carácter de Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Se da por terminado el presente Recurso de Apelación, planteado por el abogado LUIS BELTRAN CALDERON, inscrito en el IPSA Nº 15.475, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui.
Tercero: Se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria,
Abg. Marieugelys García Capella.
s.v.
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